SAP Madrid 303/2008, 13 de Junio de 2008

PonenteRAMON RUIZ JIMENEZ
ECLIES:APM:2008:8763
Número de Recurso226/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución303/2008
Fecha de Resolución13 de Junio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19

MADRID

SENTENCIA: 00303/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 19

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98

N.I.G. 28000 1 7003615 /2008

ROLLO: RECURSO DE APELACION 226 /2008

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 247 /2005

JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 4 de MADRID

Apelante/s: MARMOLES TERUEL, S.L.

Procurador: RAMIRO REYNOLDS MARTINEZ

Apelado/s: GESTORA DE VIVIENDAS EN COMUNIDAD, S.L.

Procurador: MARIA ELISA ALCANTARILLA MARTIN

SENTENCIA Nº 303

Ponente: Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

D. RAMON RUIZ JIMENEZ

D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO

En MADRID a, trece de junio de dos mil ocho.

La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al

margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario nº 247/05, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº

4 de Madrid y seguidos sobre reclamación de cantidad, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala nº 226/08, en el que

han sido partes, como apelante MARMOLES TERUEL, S.L., que estuvo representado por el Procurador Sr. Reynolds Martínez;

y de otra, como apelada GESTORA DE VIVIENDAS EN COMUNIDAD, S.L., que vino al litigio representada por la Procuradora

Sra. Alcantarilla Martín, habiendo estado ambas partes defendidas por Letrado.

VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y

PRIMERO

Con fecha 28 de septiembre de dos mil siete el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Madrid en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador RAMIRO REYNOLDS MARTINEZ, en nombre y representación de MARMOLES TERUEL, S.L. condenando a la demandada GESTORA DE VIVIENDAS EN COMUNIDAD S.L., al pago de la suma de 2.637,66 euros, más los intereses desde la interposición de demanda, no se hace expresa condena en costas."

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de MARMOLES TERUEL, S.L., que formalizó adecuadamente y del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte, que se opuso al mismo, remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal en el que tuvieron entrada el 7 de marzo de 2008, abriéndose, de inmediato, el correspondiente rollo de Sala.

TERCERO

En esta alzada, para cuya deliberación, votación y fallo se señaló el día diez de junio de dos mil ocho, se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia recurrida en lo que no contradigan a los que ahora se exponen.

PRIMERO

La demandante, MARMOLES TERUEL S.L., reclamaba la suma de 3.897, 14 euros frente a GESTORA DE VIVIENDAS VIVIENDAS EN COMUNIDAD S.L. resto de pago del presupuesto aceptado por importe de 6.297, 14 euros de los que hizo pago de 2400 euros. La demandada que oponía defecto en la calidad de los materiales, - no lo había hecho con anterioridad- pide por vía...

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