SAP Madrid 303/2008, 13 de Junio de 2008
Ponente | RAMON RUIZ JIMENEZ |
ECLI | ES:APM:2008:8763 |
Número de Recurso | 226/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 303/2008 |
Fecha de Resolución | 13 de Junio de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19
MADRID
SENTENCIA: 00303/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION 19
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98
N.I.G. 28000 1 7003615 /2008
ROLLO: RECURSO DE APELACION 226 /2008
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 247 /2005
JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 4 de MADRID
Apelante/s: MARMOLES TERUEL, S.L.
Procurador: RAMIRO REYNOLDS MARTINEZ
Apelado/s: GESTORA DE VIVIENDAS EN COMUNIDAD, S.L.
Procurador: MARIA ELISA ALCANTARILLA MARTIN
SENTENCIA Nº 303
Ponente: Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ
D. RAMON RUIZ JIMENEZ
D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO
En MADRID a, trece de junio de dos mil ocho.
La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al
margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario nº 247/05, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº
4 de Madrid y seguidos sobre reclamación de cantidad, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala nº 226/08, en el que
han sido partes, como apelante MARMOLES TERUEL, S.L., que estuvo representado por el Procurador Sr. Reynolds Martínez;
y de otra, como apelada GESTORA DE VIVIENDAS EN COMUNIDAD, S.L., que vino al litigio representada por la Procuradora
Sra. Alcantarilla Martín, habiendo estado ambas partes defendidas por Letrado.
VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.
Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y
Con fecha 28 de septiembre de dos mil siete el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Madrid en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador RAMIRO REYNOLDS MARTINEZ, en nombre y representación de MARMOLES TERUEL, S.L. condenando a la demandada GESTORA DE VIVIENDAS EN COMUNIDAD S.L., al pago de la suma de 2.637,66 euros, más los intereses desde la interposición de demanda, no se hace expresa condena en costas."
Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de MARMOLES TERUEL, S.L., que formalizó adecuadamente y del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte, que se opuso al mismo, remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal en el que tuvieron entrada el 7 de marzo de 2008, abriéndose, de inmediato, el correspondiente rollo de Sala.
En esta alzada, para cuya deliberación, votación y fallo se señaló el día diez de junio de dos mil ocho, se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la sentencia recurrida en lo que no contradigan a los que ahora se exponen.
La demandante, MARMOLES TERUEL S.L., reclamaba la suma de 3.897, 14 euros frente a GESTORA DE VIVIENDAS VIVIENDAS EN COMUNIDAD S.L. resto de pago del presupuesto aceptado por importe de 6.297, 14 euros de los que hizo pago de 2400 euros. La demandada que oponía defecto en la calidad de los materiales, - no lo había hecho con anterioridad- pide por vía...
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