SAN 16/2006, 8 de Marzo de 2006

PonenteFLORA MARIA LUISA SANCHEZ MARTINEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala penal, Sección 3ª
ECLIES:AN:2006:6325
Número de Recurso2/2004

Sumario número 2/04.

Rollo de Sala núm. 2/04.

Juzgado Central de Instrucción núm. CUATRO

AUDIENCIA NACIONAL

SALA DE LO PENAL. SECCIÓN TERCERA

Presidente

Iltmo. Sr. Don F. Alfonso Guevara Marcos.

Magistrados:

Iltmo. Sr. D Fermin Echarri Casi.

lima. Sra. Doña Flor Mª L. Sánchez Martínez.

SENTENCIA n° 16/06

En la Villa de Madrid a ocho de marzo de dos mil seis

Vista y oída en juicio público, por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, integrada con los Magistrados anotados al margen, la causa dimanante del Sumario núm. 2/04, procedente del Juzgado Central de Instrucción número Cuatro, por delito de falsificación de monedal y estafa contra Asunción, con DNI NUM000, hija de Horacio y de Consuelo, nacida en Altea (Alicante), el 10 de junio de 1971, en libertad provisional por esta causa; representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Pterp Garcia y defendida por el Letrado Srs. Borja Ivars.

Siendo parte el Ministerio Fiscal representado por la Iltma. Sra. Dª. M°. José Chueca; y ponente la Iltma. Sra. Doña Flor Mª L. Sánchez Martínez, que por medio de la presente expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción núm. 5 de Benidorm (Alicante), siguió Diligencias Previas, PA num. 67/02, y que fueron incoadas el 29 de abril de 2002, por denuncia de D. Jose Ramón, por falsificación de moneda y estafa, en virtud de atestado núm. NUM001, de fecha 29 de marzo del mismo año, del Puesto Principal de la Guardia Civil de Altea (Alicante), habiéndose inhibido a favor de los Juzgados Centrales de Instrucción por auto de fecha 25 de noviembre de 2002.

El Juzgado Central de Instrucción número Cuatro, al que correspondió su conocimiento, incoó en fecha de 21 de enero de 2003, Procediendo Abreviado núm. 17/03 -, que fueron transformadas en sumario número 2/04 por auto de 14 de enero de 2004, dictándose el 26 de febrero del mismo año auto de procesamiento contra Asunción; sumario que concluido en fecha de 29 de abril de 2004, fue elevado a esta Sección Tercera de la Sala de lo Penal.

SEGUNDO

Unido el Sumario al Rollo de Sala 2/04, en virtud de auto de fecha 4 de julio de 2005 se acordó la apertura del juicio oral contra la procesada y por auto de fecha 21 de febrero de2006 se resolvió sobre la prueba propuesta por el Ministerio Fiscal y defensa y se señaló el día 7 de marzo de 2006 para la celebración de la vista oral; la cual ha tenido lugar en la fecha señalada, con la práctica del interrogatorio de la acusada, testifical y pericial, quedando concluso para sentencia.

TERCERO

El Ministerio Fiscal en el trámite de conclusiones definitivas, calificó los hechos como constitutivos de un delito de falsificación de moneda del artículo 386-1° del Código Penal y de un delito de estafa continuado de estafa en grado de tentativa, de los artículos 248 y 249 del Código Penal, en relación con el artículo 74, 77 y 16 del Código Penal, estimando autora de los mismos a Asunción, concurriendo la circunstancia atenuante analógica 21-6° en relación con la cuarta del Código Penal (confesión), por lo que interesó la condena a las penas de prisión de dos años por el delito de falsificación de moneda y 45 días de multa a razón de 3 € diarios de cuota por el delito de estafa, accesorias y costas.

CUARTO

Por la defensa en igual trámite de conclusiones definitivas mostró su oposición al considerar no quedar acreditada el delito de falsificación de moneda, interesando la concurrencia de la circunstancia analógica del artículo 21-6° en relación con la primera del número 20 del Código Penal (alteración psíquica), muy calificada

La procesada Asunción, mayor de edad, sin antecedentes penales, se encuentra en situación de libertad de la que ha estado privada por esta causa, el día 7 de abril de 2002.

El 26 de marzo de 02, sobre las 20 horas realizó tres operaciones de ingreso de efectivo en el cajero instalado en la sucursal del Banco de Valencia, sita en la Avda, Pais Valencia de Alfaz del Pi (Alicante), para su anotación en la c/c que la misma tiene en dicha entidad, ingresando en el cajero cinco billetes con valor facial de 50 €, con número de serie V04260577297 y seis billetes con valor facial de 20 €, con número de serie V05794902022. De la misma manera, el día 5 de abril de 2002, sobre las 10,39 horas realizó idéntica operación, en el mismo cajero, ingresando un total de 600 €, mediante tres billetes...

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