STSJ Andalucía 4026/2012, 26 de Diciembre de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 4026/2012 |
Fecha | 26 Diciembre 2012 |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SEDE EN GRANADA
SECCIÓN REFUERZO
RECURSO NÚM. 1470/2008
SENTENCIA NÚM 4026 DE 2012
Ilmo Sr. Presidente.
D. Rafael Teledano Cantero
Ilmos. Sres. Magistrados
D. Jesús Rivera Fernández
D. Jorge Muñoz Cortes
Dª María del Mar Jiménez Morera
En la ciudad de Granada a veintiséis de diciembre de dos mil doce.
Ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 1470/2008 seguido a instancia de D. Cayetano, representado y asistido por la Letrada Dª Encarnación Perea Moreno, siendo demandada la Consejería de Justicia y Administración Pública representada y asistida por la Letrada de la Junta de Andalucía.
Por la parte actora se interpuso recurso contencioso-administrativo contra la desestimación del recurso de alzada formulado frente a la relación definitiva de aprobados en las pruebas selectivas para ingreso por turno libre en Cuerpo Superior Facultativo, opción de Conservadores de Patrimonio Histórico, correspondiente a la OEP de 2005.
Admitido el recurso se acordó reclamar el expediente administrativo que ha sido aportado.
En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de Derecho consideró de aplicación y terminó por suplicar a la Sala que se dictara Sentencia por la que se declare la nulidad del acto recurrido y se declare el derecho del actor a que en el proceso selectivo de referencia se le valoren como mérito los cursos denominados "Normativa y prevención de riesgos laborales", y, "Contratación laboral y empleo" con una duración de 300 y 520 horas respectivamente, como cursos organizados por Administraciones Públicas, así como la Beca "Viaje la tiempo de los Íberos", y como consecuencia de ello se declare su derecho a figurar en la correspondiente lista definitiva y se condene a la Administración al pago de los daños y perjuicios que se le hayan ocasionado en cuanto a los efectos económicos que hubiera podido tener esa inclusión.
En su escrito de contestación a la demanda la Letrada de la Junta de Andalucía se opuso a las pretensiones formuladas de contrario exponiendo cuantos hechos y fundamentos de Derecho consideró de aplicación.
No solicitándose el recibimiento del pleito a prueba ni el trámite de vista o conclusiones, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora fijado en autos.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, habiendo sido ponente la Iltma. Sra. Dª María del Mar Jiménez Morera, quien expresa el parecer de la Sala.
El presente recurso contencioso-administrativo ha de ser parcialmente estimado. Debe prosperar la pretensión dirigida a que sean valorados como cursos impartidos por Administración Pública los denominados "Normativa y prevención de riesgos...
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ATS, 28 de Noviembre de 2013
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