SAP Murcia 35/2013, 17 de Enero de 2013

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2013:345
Número de Recurso279/2012
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución35/2013
Fecha de Resolución17 de Enero de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00035/2013

Rollo nº 279/12

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Francisco José Carrillo Vinader

D. Juan Antonio Jover Coy

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a diecisiete de enero de dos mil trece.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Caravaca de la Cruz y seguidos ante el mismo con el nº 279/2010, -rollo nº 279/2012-, entre las partes, actora D. Evelio, mayor de edad, con D.N.I. nº NUM000, y D. Iván, mayor de edad, con D.N.I. nº NUM001, representados por la Procuradora Sra. Meroño Sabater y dirigidos por la Letrada Sra. Victoria Marín, y demandada, D. Ovidio, mayor de edad, con D.N.I. nº NUM002, y Dª. Sagrario, mayor de edad, con D.N.I. nº NUM003, representados por el Procurador Sr. Navarro López y dirigidos por el Letrado Sr. Mármol Tornel. Versando sobre acción de cumplimiento de contrato.Oer

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por D. Evelio y D. Iván contra la sentencia de 9 de mayo de 2011, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Caravaca de la Cruz ; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La referida resolución contiene el siguiente fallo: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Meroño Sabater, en nombre y representación de D. Evelio y

D. Iván, contra D. Ovidio y Dª. Sagrario . Con imposición de costas a los demandantes".

Segundo

Contra dicha sentencia interpuso la parte actora recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic . Civil.

Tercero

Seguidamente se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 279/2012, y se señaló el 10 de enero de 2013 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

D. Evelio y D. Iván interpusieron demanda de Juicio Ordinario solicitando que se declarara que los actores adquirieron dos terceras partes de la finca registral nº NUM004 del Registro de la Propiedad de Caravaca de la Cruz, en virtud del contrato privado celebrado el 3 de septiembre de 1989, siendo dueños de aquella finca.

Igualmente solicitaban los actores que se declarara que los demandados no ostentan legitimación para constituir hipoteca alguna sobre las dos terceras partes de aquella finca, por pertenecer su dominio a D. Evelio y D. Iván, y que se condenara a D. Ovidio y Dª. Sagrario a cancelar la hipoteca constituida sobre las mencionadas dos terceras partes de la finca registral nº NUM004, dejando libre la propiedad de los actores e inscribiendo en el Registro de la Propiedad la referida cancelación hipotecaria.

Finalmente pretendían los actores que se condenara a los demandados a elevar a público el contrato privado de 3 de septiembre de 1989, otorgando la correspondiente escritura de propiedad a favor de los Sres. Evelio y Iván, libre de cargas y gravámenes.

Exponía la representación de los actores que estos adquirieron por contrato privado de 3 de septiembre de 1989, a los demandados D. Ovidio y Dª. Sagrario, dos terceras partes de la finca registral nº NUM004, situada en Archivel, calle...

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