ATS, 5 de Marzo de 2013

PonenteRAFAEL SARAZA JIMENA
ECLIES:TS:2013:1875A
Número de Recurso1720/2012
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2013
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a cinco de Marzo de dos mil trece.

HECHOS

  1. - La representación procesal de D. Luis Enrique presentó el día 8 de junio de 2012 escrito de interposición de recurso de casación contra la Sentencia dictada con fecha 11 de mayo de 2012, por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 204/2012 , dimanante del juicio de protección del derecho al honor nº 1708/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Santa Cruz de Tenerife.

  2. - Mediante Diligencia de Ordenación de fecha 12 de junio de 2012 la referida Audiencia Provincial tuvo por interpuesto el recurso de casación y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, habiéndose notificado dicha resolución a las partes litigantes, por medio de sus respectivos Procuradores.

  3. - Por medio de escrito presentado, el día 18 de junio de 2012, en el Registro General del Tribunal Supremo, el Procurador D. Carlos Navarro Gutiérrez, en nombre y representación de D. Luis Enrique se personó en el presente rollo como parte recurrente . Por medio de escrito presentado el día 21 de junio de 2012, en el Registro General del Tribunal Supremo, la Procuradora Doña Marta Loreto Outeriño Lago, en nombre y representación de D. Cesar se personó en el presente rollo como parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Rafael Saraza Jimena , a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Luis Enrique al haberse justificado los presupuestos de recurribilidad previstos en el art. 477.2, de LEC 2000 y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el artículo 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

  3. - De acuerdo con lo establecido en el art. 483.5 de LEC 2000 contra esta resolución no se dará recurso alguno.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. )ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de D. Luis Enrique contra la Sentencia dictada con fecha 11 de mayo de 2012, por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 204/2012 , dimanante del juicio de protección del derecho al honor nº 1708/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Santa Cruz de Tenerife.

  2. ) Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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