SAP Barcelona 16/2013, 11 de Enero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución16/2013
Fecha11 Enero 2013

SENTENCIA N. 16/2013

Barcelona, once de enero dos mil trece

Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Catorce

Magistrados:

Francisco Javier Pereda Gámez (Ponente)

Maria Dolors Montolio Serra

Marta Font Marquina

Rollo n.:51/2012

Juicio ordinario n.: 146/2011

Procedencia: Juzgado de Primera Instancia n. 7 de Manresa

Objeto del juicio: reclamación derivada de accidente de tráfico ( art. 1902 C.c .)

Motivo del recurso: errónea valoración de la prueba

Apelante: Ceferino

Abogado: J. F. Comellas Orriols

Procurador: J. de Lara Cidoncha

Apelados: Hipolito, Miguel y Segurcaixa, S.A. de Seguros y Reaseguros

Abogado: M. Herreros Fernández

Procurador: C. Testor Olsina

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. RESUMEN DEL PLEITO DE PRIMERA INSTANCIA

    El día 16 de febrero de 2011 el Sr. Ceferino presentó demanda en la que solicitaba que se dicte sentencia en la que se condene solidariamente a Hipolito, Miguel y Segur Caixa, S.A. a abonarle 24.236'28 euros, más los intereses legales, así como a las costas del procedimiento. Relata que el 17 de febrero de 2010 sufrió un accidente cuando, a consecuencia de haber colisionado el contrario con el vehículo que le precedía, por invadir el sentido contrario de su marcha, el actor colisionó por alcance con dicho vehículo que iba delante de él. Reclama por 152 días de lesiones (8.156,32 euros), 4 puntos de secuelas (2.637,44 euros) y factor de corrección (267,74 euros) así como por daños materiales (9.578,78 euros), taxis (3.600 euros).

    La parte demandada contesta y alega que hubo concurrencia de culpas (por no guardar el actor la distancia de seguridad) y pluspetición. Ofrece 4.568,84 euros por las lesiones (por 60 días, 2 puntos de secuelas y factor de corrección) y dice que no están justificados los gastos de taxi (había transporte público, el centro no es próximo al domicilio). También dice que la reparación del coche era antieconómica y propone valor venal más 30%. La sentencia recurrida, de fecha 4 de noviembre de 2011 (con auto de aclaración de fecha 11 de noviembre de 2011), rechaza la supuesta concurrencia de culpas y entiende que la rehabilitación terapéutica no condiciona el periodo de estabilización lesionar, que fija en 60 días. Concede también 2 puntos de secuela y factor de corrección. En cuanto a los daños materiales, concede el valor venal más 40% de corrección y acepta sólo los gastos de taxi no para rehabilitación, sino los vinculados a una determinada visita médica, incluidas las de mayo, junio y julio de 2010 (documentos n.5 a 11). En suma, estima parcialmente la demanda y condena solidariamente a Segurcaixa, S.A. de Seguros y Reaseguros, S.A., Hipolito y Miguel pagar a Ceferino 7.781'47 euros, más los intereses conforme al art. 20 LCS desde la fecha del siniestro (17 de febrero de 2010) hasta el completo pago y sin imposición de costas procesales.

  2. CUESTIONES PLANTEADAS EN EL RECURSO DE APELACIÓN

    El recurrente argumenta que la sentencia incurre en error en la valoración de la prueba, pues sufrió dos impactos, con lesiones de grado III y lo prueba la documental médica frente a la pericial del Sr. Jose Carlos

    . Defiende que ha de ser resarcido en la totalidad de las lesiones y secuelas, en la reparación del vehículo y en los gastos de taxi (tanto de visitas médicas como de rehabilitación).

    El apelado se...

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