ATS, 12 de Febrero de 2013
Ponente | JUAN ANTONIO XIOL RIOS |
ECLI | ES:TS:2013:1194A |
Número de Recurso | 1683/2012 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 12 de Febrero de 2013 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a doce de Febrero de dos mil trece.
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- Por la representación procesal de DOÑA Marisol se ha interpuesto recurso extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada, en fecha 30 de abril de 2012, por la Audiencia Provincial de Oviedo (Sección Cuarta), en el rollo de apelación nº 97/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 415/2010, del Juzgado de Primera Instancia de Cangas de Onís.
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- Por diligencia de ordenación de fecha 7 de junio de 2012 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala.
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- Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, el Procurador D. José Ignacio de Noriega Arquer, en nombre y representación de DOÑA Marisol , presentó escrito ante esta Sala con fecha 15 de junio de 2012, personándose en calidad de parte recurrente. El Procurador D. Pedro Alarcón Rosales, en nombre y representación de D. Porfirio , DOÑA Vanesa , DOÑA Alicia y D. Victorio presentó escrito ante esta Sala con fecha 20 de julio de 2012 personándose en calidad de parte recurrida.
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- Por la partes recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.
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- Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal formalizado por la representación procesal de DOÑA Marisol al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.
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- De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 474 LEC 2000 , entréguense copias del escrito de interposición del recurso extraordinario por infracción procesal formalizado y de sus documentos adjuntos a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
LA SALA ACUERDA
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) ADMITIR EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuesto por la representación procesal de DOÑA Marisol contra la sentencia dictada, en fecha 30 de abril de 2012, por la Audiencia Provincial de Oviedo (Sección Cuarta), en el rollo de apelación nº 97/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 415/2010, del Juzgado de Primera Instancia de Cangas de Onís.
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) Y entréguense copias de los escritos de interposición del recurso extraordinario por infracción procesal formalizado y de sus documentos adjuntos a la parte recurrida personadas ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 473.3 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.