SAP Santa Cruz de Tenerife 510/2012, 17 de Diciembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución510/2012
Fecha17 Diciembre 2012

SENTENCIA

Rollo núm. 523/12.

Autos núm. 535/11 .

Juzgado de 1a Instancia núm. 5 de Santa Cruz de Tenerife.

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

Don Pablo José Moscoso Torres.

MAGISTRADOS

Don Emilio Fernando Suárez Díaz.

Dona Pilar Aragón Ramírez.

=============================

En Santa Cruz de Tenerife, a diecisiete de diciembre de dos mil doce.

Visto, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes resenados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1a Instancia núm. inco de Santa Cruz de Tenerife, en los autos núm. 535/11, seguidos por los trámites del juicio Verbal, sobre división judicial patrimonio y promovidos, como demandante, por DON Patricio, representado por la Procuradora dona Carolina Sicilia Romero y dirigida por la Letrado dona Teresita Hernández Hernández, contra DONA Joaquina, representada por la Procuradora dona Sonia González González y dirigida por el Letrado don Fernando Adrián Torrijos Suárez, con intervención DONA Magdalena y DON Sebastián, ha pronunciado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don Emilio Fernando Suárez Díaz, con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la resolución apelada.

SEGUNDO

En los autos indicados la Ilma. Sra. Magistrado-Juez dona María del Mar Sánchez Hierro, dictó sentencia el cuatro de junio de dos mil doce cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Se desestima la oposición a la formación de inventario formulada por la representación procesal de Do Patricio frente a Da Joaquina, con intervención de Da Magdalena y Do Sebastián Las costas procesales se imponen a la parte que promovió el incidente.».

TERCERO

Notificada debidamente dicha sentencia, se presentó escrito en los autos por la representación de la parte demandante, en el que solicitaba que se tuviera por presentado recurso de apelación contra tal resolución, con exposición de las alegaciones en que se fundaba la impugnación, petición a la que se accedió por el Juzgado, del que se dio traslado a las demás partes por diez días, plazo en el que la representación de la parte demandada, presentó escrito de oposición al mencionado recurso.

CUARTO

Remitidos los autos con los escritos del recurso y de oposición al mismo a esta Sala, se acordó incoar el presente rollo y designar Ponente; seguidamente se senaló el día doce de diciembre para la deliberación, votación y fallo del presente recurso, en el que ha tenido lugar la reunión del Tribunal al efecto.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la solicitud inicial de división judicial de herencia se pedía la intervención judicial de la herencia conforme a los artículos 791 y siguientes de la LEC y, concretamente, el nombramiento de administrador conforme a lo establecido en el artículo 795. Se convocó la oportuna comparecencia a los efectos de formar inventario y designar contador y peritos. El día senalado tuvo lugar la comparecencia en la que solo se trató el tema de la formación de inventario, reiterando el letrado de la parte actora la solicitud de intervención del caudal hereditario y nombramiento de administrador judicial, postergándose la decisión al momento procesal oportuno, una vez que...

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