SAP A Coruña 18/2013, 11 de Enero de 2013

PonenteRAFAEL JESUS FERNANDEZ-PORTO GARCIA
ECLIES:APC:2013:24
Número de Recurso664/2012
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución18/2013
Fecha de Resolución11 de Enero de 2013
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

A CORUÑA

SENTENCIA: 00018/2013

ROLLO: RECURSO DE APELACIÓN -RPL 664/2012- SENTENCIA

En La Coruña, a once de enero de dos mil trece.

Visto por el Ilmo. Sr. magistrado don Rafael Jesús Fernández Porto García, como Tribunal Unipersonal de la Sección Tercera de la Ilma. Audiencia Provincial de La Coruña, el presente recurso de apelación registrado en esta Sección bajo el número 664 de 2012, interpuesto contra la sentencia dictada el 8 de junio de 2011 en el procedimiento verbal, procedente del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ferrol, ante el que se tramitó bajo el número 1172 de 2008, en el que son parte:

Como apelante, la demandada DOÑA Maribel, mayor de edad, vecina de Ferrol, con domicilio en Viviendas de Bazán, CALLE000 ", portal NUM000, NUM001 NUM002, provista del documento nacional de identidad número NUM003, representada por el procurador don Rafael Rodríguez Ramos, y dirigida por el abogado don Ramón Bescos Pazos.

Como apelada, la demandante "EDITORIAL PLANETA, S.A.", con domicilio social en Barcelona, Avenida Diagonal, 662-664, con número de identificación fiscal A-08 186 249, representada por el procurador don Luis-Ángel Painceira Cortizo, bajo la dirección del abogado don Juan-Carlos Franco Piñeiro.

Versa la apelación sobre reclamación de cantidad por compraventa de libros a plazos; ascendiendo la cuantía del recurso a 2.960,35 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Aceptando los de la sentencia de 8 de junio de 2011, dictada por el Sr. Juez sustituto del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ferrol, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Que estimando íntegramente la demanda presentada por el procurador don Eduardo Fariñas Sobrino, en nombre y representación de la entidad Editorial Planeta, S.A. contra Dª. Maribel, debo condenar y condeno a esta al abono a la primera de la suma de dos mil novecientos sesenta con treinta y cinco (2.960,35) # y los intereses legales previstos en el art. 576 LEC desde la fecha de la presente resolución y hasta su completo pago.

Con imposición de costas a la parte demandada» .

SEGUNDO

Presentado escrito preparando recurso de apelación por doña Maribel, se dictó resolución teniéndolo por preparado, emplazando a la parte para que en término de veinte días lo interpusiera, por medio de escrito. Deducido en tiempo el escrito interponiendo el recurso, se dio traslado por término de diez días, presentándose por "Editorial Planeta, S.A." escrito de oposición. Con oficio de fecha 16 de noviembre de 2012 se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes. TERCERO .- Recibidas en esta Audiencia Provincial con fecha 23 de noviembre de 2012, se registraron bajo el número 664 de 2012, siendo turnadas a esta Sección el 17 de diciembre de 2012. Por el Sr. Secretario Judicial de esta Sección se dictó el 28 de diciembre de 2012 diligencia de ordenación admitiendo el recurso, mandando formar el correspondiente rollo y designando ponente. Se personó ante esta Audiencia Provincial el procurador don Rafael Rodríguez Ramos en nombre y representación de doña Maribel, en calidad de apelante; así como el procurador don Luis-Ángel Painceira Cortizo, en nombre y representación de "Editorial Planeta, S.A.", en calidad de apelado. El día de hoy se pasaron las actuaciones al ponente para resolver.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Fundamentación de la sentencia apelada .- No se aceptar los fundamentos de derecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Objeto del litigio .- La cuestión litigiosa planteada puede resumirse en los siguientes términos:

  1. - El 4 de septiembre de 2008 "Editorial Planeta, S.A." promovió procedimiento monitorio contra doña Maribel, exponiendo que:

    (a) Doña Maribel había comprado las mercancías que se detallaban en los contratos que acompañaba.

    (b) Las mercancías fueron entregadas, sin que se formulase reclamación alguna.

    (c) Doña Maribel adeudaba las cantidades que se reflejaban en el extracto de cuenta contable que adjuntaba.

    Por lo que solicitaba se requiriese a doña Maribel para el pago de 2.960,35 euros.

  2. - Los contratos a los que se refería el escrito inicial son hojas impresas con espacios en blanco para cubrir, que se admite que corresponde a ventas realizadas en el domicilio de doña Maribel, en las que se observa:

    (a) El primero lleva por título "Historia del Arte Español", por el que se venden libros, discos y un reproductor de discos. Carece de fecha. La práctica totalidad de los espacios a cubrir están en blanco. Solo figura el nombre y domicilio de doña Maribel, así como su firma. Se hace constar un precio total de 1.430,41 euros, "libre de gastos de envío y financiación", que se abonarían en cuotas mensuales de 60,10 euros (que no es divisor exacto del precio), no habiéndose cubierto el número de plazos.

    (b) El segundo se titula "Patrimonio de la Humanidad", por el que se venden libros, discos y un reproductor de discos. Carece de fecha. Figura en sello con la mención "procesado" y la fecha 16 de julio de 2002. La práctica totalidad de los espacios a cubrir están en blanco. Solo figura el nombre y domicilio de doña Maribel . La firma aparentemente no coincide con la del contrato precedente en la grafía, y parece decir " Argimiro "; firma que se reitera en la domiciliación bancaria en blanco. Se hace constar un precio total de

    1.355,00 euros, "libre de gastos de envío y financiación", que se abonarían en cuotas mensuales de 60,10 euros (que no es divisor exacto del precio); pero el 60,10 está tachado, y a su lado figura la mención "5", y en otra casilla se reitera que los plazos serán de 5 euros. Está en blanco el espacio para hacer constar el número de plazos.

    (c) El tercero, bajo la denominación "Grandes Publicaciones", se refiere a 10 libros y 10 discos. Carece de fecha. Figura en sello con la mención "procesado" y la fecha 23 de marzo de 2003. La práctica totalidad de los espacios a cubrir están en blanco. Solo figura el nombre y domicilio de doña Maribel . La firma aparentemente no coincide con la del contrato precedente en la grafía, y parece decir " Argimiro "; firma que se reitera en la domiciliación bancaria en blanco. Se hace constar un precio total de 990 euros, "libre de gastos de envío y financiación", que se abonarían en cuotas mensuales de 11,00 euros, no habiéndose cubierto el espacio correspondiente al número de plazos.

    (d) El cuarto se titula "Premios Planeta", por el que se venden 16 tomos con las 49 novelas desde los años 1952 a 2000. Carece de fecha. Figura en sello con la mención "procesado" y la fecha 28 de julio de 2003. La práctica totalidad de los espacios a cubrir están en blanco. Solo figura el nombre y domicilio de doña Maribel, así como su firma. Se hace constar un precio total de 445 euros, "libre de gastos de envío y financiación". Aunque figura impresa la cantidad de 24 euros como importe de la cuota, esta está tachada y al lado figura la mención "-0-". Tampoco se cubrió el número de plazos.

    (e) El último bajo el título de "Gran Temática Planeta", parece referirse a 11 volúmenes y 4 DVD. Está datado al 17 de enero de 2004. Figura en sello con la mención "procesado" y la fecha 22 de enero de 2004. La práctica totalidad de los espacios a cubrir están en blanco. Solo figura el nombre y domicilio de doña Maribel

    , así como su firma. Se hace constar un precio total de 1.049 euros, "libre de gastos de envío y financiación", que se abonarían en cuotas mensuales de 42 euros (que no es divisor exacto del precio), no indicándose el número de plazos.

  3. - El "extracto de cuenta" es un documento confeccionado por "Editorial Planeta, S.A.", a modo de cuenta contable, según el cual a 12 de junio de 2007 doña Maribel adeudaría la cantidad de 2960,35 euros. Pero debe destacarse:

    (a) La cuenta se inicia el 19 de diciembre de 1994.

    (b) Las obras adquiridas se contabilizan:

    (i) "Historia del Arte Español" el 18 de septiembre de 2001. Se arrastra el cobro de un recibo de 72,11 euros al mes.

    (ii) "Patrimonio de la Humanidad" el 17 de julio de 2002. Se cobran 5 euros al mes.

    (iii) "Grandes Publicaciones" el 28 de marzo de 2003. Se cobran 11 euros al mes.

    (iv) "Premios Planeta" el 28 de julio de 2003. Aunque no consta que se emita recibo específico, sí se contabiliza como deuda.

    (v) "Gran Temática Planeta" el 22 de enero de 2004. No genera un recibo específico, pero se contabiliza como deuda.

    (c) A 18 de septiembre de 2001 la cuenta arranca con un saldo deudor de 366.395 pesetas (2.202,08 #).

    (d) Desde el 18 de septiembre de 201 consta que doña Maribel abonó un total de 4.213,61 euros.

    (e) El último abono se realizó en el mes de febrero de 2006.

  4. - Admitida a trámite la solicitud y requerida doña Maribel, esta se opuso al requerimiento alegando:

    (a) Prescripción de la acción, por transcurso del plazo de 3 años del artículo 1967.4 del Código Civil, desde las fechas de contabilización de los contratos.

    (b) Los contratos relativos a las obras "Patrimonio de la Humanidad" y "Grandes Publicaciones" no fueron suscritos por doña Maribel, aunque figure su nombre, sino por don Argimiro ..., exesposo de la requerida, por lo que carece de legitimación pasiva para soportar la acción.

    (c) Se han pagado todas las cantidades adeudadas.

    (d) Se incluyen unos gastos de devolución no pactados.

  5. - Se convocó a las partes a juicio verbal, y tras la correspondiente tramitación se dictó sentencia en la que se establece:

    (a) Como se trata de contratos sometidos a la Ley 26/1991 de 21 de noviembre, por ser contratos celebrados fuera del establecimiento mercantil, y tratarse de una venta a plazos, no es aplicable el artículo 1967.4 del Código Civil, por las mismas razones que aplica la jurisprudencia para excluir los contratos continuados de los profesionales, dada su complejidad.

    (b) Se...

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