SAP Madrid 473/2012, 4 de Diciembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución473/2012
Fecha04 Diciembre 2012

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección nº 29

Rollo: 413/12 RP

Órgano Procedencia: JUZGADO DE LO PENAL Nº 9 DE MADRID

Proc. Origen: DPA 504/2010

SENTENCIA Nº 473/12

Ilmos. Sres. Magistrados de la Sección 29ª

D. FRANCISCO FERRER PUJOL

DÑA. LOURDES CASADO LÓPEZ

DÑA. ISABEL VALLDECABRES ORTIZ (Ponente)

En MADRID, a cuatro de diciembre de dos mil doce

VISTO, en segunda instancia, ante la Sección Vigésimo Novena de esta Audiencia Provincial, el Procedimiento Abreviado núm. 504/10 procedente del Juzgado de lo Penal núm. 9 de Madrid, seguido por un delito contra la salud pública, siendo acusado D. Eliseo, representado por Procuradora D.ª Pilar Pérez González y defendido por Letrada D.ª María Riansares Horcajada Niño, venido a conocimiento de esta Sección, en virtud de recurso de apelación, interpuesto en tiempo y forma por la representación de dicho acusado, contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del referido Juzgado, con fecha de 10 de julio de 2012, habiendo sido parte apelada EL MINISTERIO FISCAL. Ha sido Ponente la Ilma. Magistrada. Dña. ISABEL VALLDECABRES ORTIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Juez del Juzgado de lo Penal nº 9 de Madrid en el procedimiento que más arriba se indica se dictó sentencia en fecha de 10 de julio de 2012 en la que consta el siguiente relato de hechos probados:

"Sobre las 18:30 horas del día 25/04/2009, el acusado, Eliseo, natural de Cuba, en situación irregular en España con Decreto de Expulsión de fecha 5/12/2006 dictado por la Delegación de Gobierno de Madrid por un plazo de 5 años, mayor de edad y con los antecedentes penales que luego se dirán, fue detenido por la policía en la calle Victoria de Madrid, tras entregar a un ciudadano italiano, Sergio, dos trozos de una sustancia que debidamente analizada resultó ser resina de cannabis, con un peso neto de 1,20 gramos, a cambio de un billete de 10 euros. Los agentes le ocuparon al acusado otro trozo de la misma sustancia que tenía intención de destinar a la venta y que, debidamente analizada resultó ser resina de cannabis con un peso neto de 1,20 gramos, y un billete de 10 euros y dos de 5 euros que había obtenido fruto de su actividad ilícita.

El precio del gramo de hachís en el mercado ilícito es de 4,89 euros. El acusado fue ejecutoriamente condenado en virtud de sentencia firme de fecha 18/11/2008, dictada por el Juzgado de Instrucción no 49 de Madrid, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de prisión de 1 año y 1 día y multa de 35,8 euros.";

El fallo de la referida sentencia es del tenor literal siguiente:

CONDENO a Eliseo como autor criminalmente responsable de un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancias que no causan grave daño para la salud, con la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, agravante de reincidencia, a la pena de prisión de 2 años y 1 día y multa de 20 euros con responsabilidad personal subsidiaria de 2 días en caso de impago, así como al pago de las costas procesales.

De conformidad con el artículo 89 del Código Penal la pena de prisión se sustituye por la expulsión del territorio español al que no podrá regresar en un plazo de 5 años.

Dése a la sustancia y dinero intervenido el destino legal pertinente.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo los motivos de impugnación que obran en el escrito unido a la causa.

TERCERO

Admitido a trámite se dio traslado del escrito de formalización del recurso al Ministerio Fiscals, que presentó escrito de impugnación sobre la base de que la sentencia objeto de recurso es plenamente ajustada a Derecho, solicitando su confirmación.

CUARTO

Remitidas las actuaciones a la Audiencia Provincial, fueron turnadas a las Sección 29ª, registrándose al número de rollo 413/12 RP no estimando necesario la celebración de vista, se señaló para deliberación, votación y fallo el día de hoy.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan íntegramente los hechos probados de la sentencia recurrida, los cuales se tienen aquí por reproducidos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

- La defensa del acusado interpone recurso de apelación alegando en primer lugar la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por haberse producido indefensión y, en segundo lugar, vulneración del principio de presunción de inocencia.

Comenzando por el primero de los motivos, debe recordarse que la indefensión consiste en un impedimento del derecho a alegar y demostrar en el proceso los propios derechos, y en su manifestación más trascendente, es la situación en que se impide a una parte, por el órgano judicial en el curso del proceso, el ejercicio del derecho de defensa, privándolo de ejercitar su potestad de alegar y en su caso justificar sus derechos e intereses para que le sean reconocidos o para replicar dialécticamente las posiciones contrarias en el ejercicio del indispensable principio de contradicción ( STC 145/90 ).

Sentado esto, es evidente que la...

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