SAP Lugo 676/2012, 19 de Diciembre de 2012
Ponente | JOSE MARIA MORENO MONTERO |
ECLI | ES:APLU:2012:1010 |
Número de Recurso | 804/2012 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 676/2012 |
Fecha de Resolución | 19 de Diciembre de 2012 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
LUGO
SENTENCIA: 00676/2012
AUDIENCIA PROVINCIAL DE LUGO
SECCIÓN PRIMERA
Sentencia nº 676/12
Rollo ap. nº 804/12
SENTENCIA
En la Ciudad de Lugo a diecinueve de diciembre de dos mil doce.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados infrascritos, ha examinado el recurso de apelación interpuesto frente a la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Nº Cuatro de Lugo en los autos nº 639/11, de juicio ordinario, promovidos por D. José (Abog. Sr. Vázquez López; Proc. Sra. Eire Vázquez) contra D.ª Trinidad (Abog. Sra. García Gallego; Proc. Sr. Laguela Andrade), en los que ha sido parte el Ministerio Fiscal.
Es Ponente en el caso Su S.ª Iltma. Don José María Moreno Montero.
El fallo de la resolución objeto de recurso, datada a 22-III-12, dice: "Desestimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador don Carlos Cabo Silva, en representación de don José, se absuelve a la demandada de las pretensiones contenidas en la demanda sin que proceda establecer régimen de comunicaciones y visitas a favor del actor respecto de su padre, don Pablo .==Se imponen a don José las costas procesales causadas a doña Trinidad ".
Apela de la Sentencia dicha la parte actora, quien solicita su revocación y que, en lugar de lo dispuesto en ella, se estimen íntegramente sus precedentes pretensiones en el proceso. La parte demandada se opone al recurso. El Ministerio Fiscal interesa la plena confirmación de lo resuelto en la instancia.
Formado el oportuno rollo, se continuó por sus trámites sin necesidad de vista.
El recurso merece pronta desestimación. La Sala comparte, sin salvedad de ningún género, las razones, de suyo claras y suficientes, que el Juez del caso da para desestimar la pretensión del demandante, y ahora recurrente, en orden a que se le reconozca, con correlativa obligación de su hermana, la demandada, el derecho a visitar al padre de ambos, incapacitado judicialmente y sujeto a la tutela legal de dicha hermana, en cuyo domicilio vive permanentemente.
Con independencia de cualesquiera aspiraciones de "lege ferenda" o de carácter doctrinal, resulta llano que el régimen establecido en el art. 160 del Código Civil para la relación entre menores de edad y sus padres, y...
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ATS, 29 de Octubre de 2013
...contra la sentencia dictada, el 19 de diciembre de 2012, por la Audiencia Provincial de Lugo (Sección 1ª), en el rollo de apelación n.º 804/2012 , dimanante del juicio ordinario n.º 639/2011 del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de - Mediante diligencia de ordenación de 22 de enero de 2012......