SAP A Coruña 605/2012, 18 de Diciembre de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 605/2012 |
Fecha | 18 Diciembre 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
A CORUÑA
SENTENCIA: 00605/2012
ROLLO: RJ 1149/12
Órgano de Procedencia: JDO. DE INSTRUCCIÓN CARBALLO-2
Procedimiento: J.FALTAS 380/11
RCT: Florentino, Eva
Procurador:
Abogado:
RCD: MINISTERIO FISCAL
Procurador:
Abogado:
EL ILMO. SR.D. ÁNGEL MARÍA JUDEL PRIETO, como Tribunal unipersonal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña, ha pronunciado.
EN NOMBRE DEL REY la siguiente:
S E N T E N C I A
En A CORUÑA, a 18 de diciembre de 2012.
En el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número 2 de Carballo, en juicio de faltas nº 1149/12, sobre ESTAFA, figurando como apelante Florentino y Eva y como apelado MINISTERIO FISCAL .
Que en el juicio de faltas aludido se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que debo absolver y absuelvo a Octavio de toda responsabilidad penal por los hechos objeto del presente proceso.
Que debo condenar y condeno a Eva y Florentino, como autora y cooperador necesario de una falta de estafa del art. 623.4 del Código Penal a sendas penas de 45 días de multa con cuota diaria de 5 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas si el condenado no satisficiere, voluntariamente o por vía de apremio, la multa impuesta.
Ello con expresa imposición de costas, si las hubiere, a los condenados.".
Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por Florentino y Eva, que le fue admitido en ambos efectos, y una vez efectuados los traslados que establece el artículo 790-5º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las restantes partes, se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, para su resolución, correspondiendo por reparto a esta Sección Primera con el número de Rollo 1149/12.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.
HECHOS PROBADOS
Como tales expresamente se declaran los así consignados en la sentencia apelada, que se dan por reproducidos e incorporados a esta resolución.
En el acto plenario celebrado en el Juzgado de Instrucción nº 2 de Carballo el 9-5-2012 se practicó prueba constitucionalmente...
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