STSJ Castilla-La Mancha 260/2012, 20 de Diciembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha20 Diciembre 2012
Número de resolución260/2012

T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.1

ALBACETE

SENTENCIA: 00260/2012

Apelación nº 122/2011

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Albacete

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Primera.

Presidente:

Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez.

Magistrados:

Iltmo. Sr. D. Manuel José Domingo Zaballos.

Iltma. Sra. Dª. María Belén Castelló Checa.

Iltma. Sra. Dª. Purificación López Toledo.

SENTENCIA Nº 260

En Albacete, a veinte de Diciembre de dos mil doce.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos en vía de apelación, seguidos bajo el número 122/2011, siendo parte apelante el AYUNTAMIENTO DE MINAYA, representado por el Procurador Sr. Serna Espinosa y defendido por el Letrado Sr. Scasso Veganzones, y como parte apelada D. Hugo, representado por el Procurador Sr. Ortega Culebras y defendido por la Letrada Sra. Alonso Ballesteros, contra sentencia dictada por el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo nº 2 de Albacete, de fecha 18 de enero de 2011, recaída en el Procedimiento Ordinario nº 329/08, en materia de responsabilidad patrimonial.

Siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada. Dª. Purificación López Toledo.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En fecha 18 de enero de 2011, se dictó sentencia por el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo nº 2 de Albacete, con el siguiente tenor literal: "Que ESTIMANDO PARCIALMENTE el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Procurador D. Fernando Ortega Culebras en nombre y representación de D. Hugo, actuando en nombre propio y en el de su padre D. Roberto, contra la Resolución del Ayuntamiento de Minaya de 6 de febrero de 2008 por la que se denegaba la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por el actor el día 18 de octubre de 2007 y por importe de 54.000 euros; DEBO DECLARAR Y DECLARO la anulación de la referida resolución al no ser ajustada a derecho, así como CONDENAR al Ayuntamiento de Minaya a que indemnice a la parte recurrente en la cantidad de DIECIOCHO MIL EUROS (18.000 #), cantidad que deberá ser incrementada con los intereses legales correspondientes contados desde la fecha de la reclamación administrativa el 18 de octubre de 2007 hasta la fecha de notificación de esta sentencia, y sin perjuicio de los intereses legales que, a su vez, puedan devengarse de esta cantidad hasta el completo pago, y todo ello sin hacer expresa condena en costas en esta instancia".

Segundo

Formalizado el recurso de apelación por la representación procesal de la parte apelante, terminó solicitando sentencia por la que se deje sin efecto la recurrida. Contestado el recurso de apelación por la representación procesal de la parte apelada, solicitó una sentencia confirmatoria de la dictada por el Juzgado a quo.

Tercero

Sin que se acordase el recibimiento del recurso a prueba, al estimarlo innecesario la Sala, se señaló día y hora para votación y fallo, el 28 de noviembre de 2012, acordándose mediante providencia de fecha 30 de noviembre de 2012, la suspensión del plazo para dictar sentencia y el planteamiento a las partes de la posible inadmisibilidad del recurso de apelación por razón de la cuantía, efectuando las mismas las alegaciones que tuvieron por conveniente y levantándose la suspensión del plazo para dictar sentencia mediante providencia de fecha 17 de diciembre de 2012.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El recurso de apelación se interpone contra la sentencia del Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo nº 2 de Albacete, de 18 de enero de 2011, que estima parcialmente el recurso contenciosoadministrativo interpuesto contra la resolución del Ayuntamiento de Minaya de fecha 6 de febrero de 2008 por la que se denegaba la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por el actor, anulando dicha resolución por no ser ajustada a derecho y condenando al Ayuntamiento de Minaya a que indemnice al actor en la cantidad de 18.000 #,...

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