ATS, 5 de Noviembre de 2012
Ponente | JOAQUIN HUELIN MARTINEZ DE VELASCO |
ECLI | ES:TS:2012:12555A |
Número de Recurso | 7079/2010 |
Procedimiento | RECURSO CASACIÓN |
Fecha de Resolución | 5 de Noviembre de 2012 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo |
AUTO
En la Villa de Madrid, a cinco de noviembre de dos mil doce.
Mediante escrito presentado en 26 de setiembre de 2012, el procurador de los Tribunales D. José Luis Martín Jaureguibeitia, en nombre y representación de IBERDROLA GENERACIÓN, S.A.U., solicita de esta Sala que acuerde tener por desistida a dicha entidad del recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de 3 de noviembre de 2010 , dictada en el procedimiento ordinario número 23/2009.
Efectuado el traslado a las partes recurridas, el abogado del Estado presentó escrito en fecha 30 de octubre de 2012, en el que manifestaba su conformidad con el desistimiento. Asímismo mediante escrito presentado el 15 de octubre de 2012, el procurador don Álvaro de Luis Otero, en nombre y represtación del Ayuntamiento de Villarino de los Aires y otros (Salamanca), manifestó su conformidad con el desistimiento, solicitando la expresa condena en costas de la parte recurrente.
Por Decreto de la Señora Secretaria de esta Sala de 18 de octubre de 2012, se acordó tener por desistida del recurso de casación a la parte recurrente, IBERDROLA GENERACIÓN, S.A.U.
Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Joaquin Huelin Martinez de Velasco, Magistrado de la Sala
UNICO .- El artículo 74.4 de la Ley Jurisdiccional no prevé la condena en costas preceptiva en los supuestos de desistimiento, a lo que ha de añadirse el criterio de esta Sala de favorecer y no dificultar dicho acto, siendo la no imposición de costas una manera de cumplir la finalidad pretendida (por todos, auto de esta Sala y Sección de 18 de abril de 2012 ).
No haber lugar a la condena en costas solicitada por la parte recurrida, Ayuntamiento de Villarino de los Aires y otros (Salamanca)
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados