SAP Alicante 645/2012, 12 de Noviembre de 2012

PonenteVICENTE ATAULFO BALLESTA BERNAL
ECLIES:APA:2012:3485
Número de Recurso355/2012
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución645/2012
Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 9ª

AUDIENCIA PROVINCIAL ALICANTE

SECCION NOVENA

ELCHE

Rollo de apelación nº 355/12

Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Elche

Autos de Juicio Ordinario nº 2652/09

SENTENCIA Nº 645/12

Iltmos. Sres.

Presidente: D. José Manuel Valero Diez

Magistrado: D. Vicente Ballesta Bernal

Magistrado: D. Domingo Salvatierra Ossorio

En la Ciudad de Elche, a doce de noviembre de dos mil doce.

La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Alicante con sede en Elche, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario nº2652/09, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Elche, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante Ald Automotive, S.A., habiendo intervenido en la alzada dicha parte, en su condición de recurrente, representada por el Procurador Sr/a Castaño López y dirigida por el Letrado Sr/a Nuñez García, y como apelada la parte demandada Puertas y Persianas Torregrosa, S.L., representada por el Procurador Sr/a Orts Mogica y defendida por el Letrado Sr/a. Llorca Sabater.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Elche en los referidos autos, tramitados con el número 2652/09, se dictó sentencia con fecha 30/6/11 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando como estimo parcialmente la demanda interpuesta por la mercantil Ald Automotive, S.A. contra la mercantil Puertas y Persianas Torregrosa, S.L., debo acordar y acuerdo:

Primero

Condenar a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 4.368,55 euros.

Segundo

Condenar a la demandada a abonar sobre dicha cantidad un interés equivalente al legal del dinero desde la interposición de la demanda.

Tercero

Cada parte abonará las costas generadas a su instancia y las comunes por mitad."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte actora en tiempo y forma que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a este Tribunal, donde quedó formado el Rollo número 355/12, tramitándose el recurso en forma legal. La parte apelante solicitó la revocación de la sentencia dictada y la apelada su confirmación. Para la deliberación y votación se fijó el día 8/11/12. TERCERO.- En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Vicente Ballesta Bernal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de fecha 30 de junio de 2.011 recaída en la primera instancia, estima parcialmente la demanda formulada por la entidad ALD Automotive, S.A. y condena a la demandada, Puertas y Persianas Torregrosa, S.L., a pagar a la actora la cantidad de 4.368,55 Euros, importe adeudado como consecuencia del impago por la demandada de las facturas que se detallan por la entidad demandante en el hecho segundo de su escrito de demanda, emitidas en virtud del contrato de arrendamiento a largo plazo (Renting de Vehículos) formalizado por las partes en fecha 19 de marzo de 2.008.

Frente a la referida resolución, la entidad demandante, ALD Automotive, S.L., interpone recurso de apelación, que fundamenta en la falta de aplicación de los artículos 1.101, 1.106, 1.107 y 1.124 del Código Civil .

SEGUNDO

Se basa el recurso de apelación que ahora se resuelve, en que por parte del Juzgador de Instancia, al no tener por aportadas las condiciones generales del contrato base de la acción que se ejercita, debió aplicar de forma subsidiaria los artículos que regulan la indemnización de los daños y perjuicios sufridos en los casos en los que se produce la resolución de un contrato antes de la fecha pactada para su vencimiento.

La demanda inicial de las presentes actuaciones formula una concreta reclamación de cantidad en base a la existencia de un contrato entre las partes, incumplido por la demandada que origina la resolución del mismo, mediante la entrega de los vehículos objeto del referido contrato de arrendamiento. Partiendo de ello, se reclama por la entidad demandante el importe de unas concretas facturas que resultaron impagadas más una también determinada cantidad como consecuencia de la aplicación de unas determinadas cláusulas pactadas a modo de condiciones generales que la resolución recurrida precisa que no corresponden al contrato de autos, extremo que la recurrente no combate en el recurso formulado.

De forma previa, aceptamos y damos por reproducida la acertada valoración de la prueba que contiene la resolución recaída en la primera instancia. Como recuerda la ...

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