STSJ Comunidad de Madrid 1012/2012, 30 de Noviembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1012/2012
Fecha30 Noviembre 2012

RSU 0000665/2012

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 01012/2012

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL - SECCIÓN PRIMERA

Recurso número: 665/12

Sentencia número: 1012/12

S.

Ilmo. Sr. D. JUAN MIGUEL TORRES ANDRÉS

Presidente

Ilmo. Sr. D. JAVIER JOSÉ PARIS MARÍN

Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER

En la Villa de Madrid, a treinta de noviembre de dos mil doce, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación número 665/12 interpuesto por D. Leon contra la sentencia de fecha once de octubre de dos mil once, dictada por el Juzgado de lo Social número 33 de MADRID, en sus autos número 160/11, seguidos a instancia del citado recurrente frente a "LOZANO Y ASOCIADOS SA" y "OCEAN PRESTACIONES SL", en reclamación por cantidad, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

D. Leon suscribió el 11-6-2007 contrato de trabajo con la mercantil Lozano Asociados SA, luego convertido en indefinido y estableciéndose como categoría profesional la de encargado y convenio aplicable el de oficinas y despachos, siendo el demandante dado de alta en el régimen general de la Seguridad Social.

SEGUNDO

La actividad desempeñada por el actor ha consistido desde su ingreso en actuar como patrón de la embarcación Bully I fondeado en el puerto de Ibiza.

TERCERO

El 15-11-2001 Lozano y Asociados vende dicha embarcación a la codemandada Ocean Prestaciones SL que se subrogó en su contrato de trabajo y hasta que el demandante solicitó causar baja voluntaria el 30-11-2010.

CUARTO

Consta celebrado acto de conciliación ante el SMAC.

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: "Aprecio que esta jurisdicción social no es competente para resolver la presente controversia que corresponde a la jurisdicción contencioso administrativa en revisión del acto administrativo en que se solicite en adecuado encuadramiento de D. Leon cuya demanda por este motivo desestimo, absolviendo a los demandados Lozano y Asociados, S.A. y Ocean Prestaciones, S.L. de las pretensiones deducidas en su contra".

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte demandante, formalizándolo posteriormente; tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte LOZANO Y ASOCIADOS S.A.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social de Madrid, tuvieron los mismos entrada en esta Sección Primera en fecha 31 de enero de 2012, dictándose la correspondiente y subsiguiente providencia para su tramitación forma.

SEXTO

Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de autos al mismo para su conocimiento y estudio en fecha 14 de noviembre de 2012, señalándose el día 28 de noviembre de 2012 para los actos de votación y fallo.

SEPTIMO

En la tramitación del presente recurso de suplicación no se ha producido ninguna incidencia.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El actor presentó demanda "en reclamación en materia de adecuada clasificación profesional, cambio al régimen especial de seguridad Social Régimen del Mar, por mal encuadramiento en el Régimen General de la Seguridad Social y reclamación de cantidad". Por providencia del Juzgado de lo Social nº 33 de Madrid de 23-2-2011, advirtiendo una acumulación indebida por reclamación de clasificación profesional y cantidad con otra de encuadramiento y abono de...

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