SAP Alicante 434/2012, 8 de Noviembre de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 434/2012 |
Fecha | 08 Noviembre 2012 |
5 Audiencia Provincial Sección 5ª Rollo nº 57-A-2012 -C
SENTENCIA NÚM. 434
Iltmos. Sres.:
Presidente: D. José Luis Úbeda Mulero
Magistrada: Dª. Visitación Pérez Serra
Magistrada: Dª. Mª Teresa Serra Abarca
En la ciudad de Alicante a ocho de noviembre de dos mil doce.
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario nº 1.624/10, sobre reclamación de cantidad, seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia Nº Cinco de Denia, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante C.P. DIRECCION000, representada por la Procurador D. José A. Saura Saura y dirigido por el Letrado D. José Aleixandre Orti. Y como apelada por los demandados D. Jorge y Dª Dolores, representada por la Procuradora Dª Isabel Tejado del Castillo y dirigida por el Letrado D. Xavier Monfort Español.
Por el Juzgado de Primera Instancia Nº Cinco de Denia en los autos de Juicio Ordinario nº
1.624/10, se dictó en fecha 14-07-2011, resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Que desestimando la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 " representado por Procurador de los Tribunales Don Enrique Gregori y asistidos de Letrado D. José Aleixandre Ortí y contra D. Jorge y Doña Dolores representados por el Procurador de los Tribunales Doña Inma Mas i Cabrera y defendidos por letrado D. Xavier Monfort debo absolver y absuelvo a los demandados de los pedimentos de la actora imponiendo a ésta última las costas procesales devengadas".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, habiéndose tramitado el mismo por escrito en el Juzgado de procedencia, en la forma introducida por la Ley 1/2000, elevándose posteriormente los autos a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente Rollo de apelación nº 57-A-2012 señalándose para votación y fallo el pasado día 6-11-2012.
En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.
VISTO, siendo Ponente la Iltma.. Sra. Dª. Mª Teresa Serra Abarca.
En el recurso de apelación interpuesto por la actora si bien se acepta el primer Fundamento de Derecho Primero de la sentencia referido al DIRECCION000 y su construcción en cuatro fases, en cuya Tercera Fase se encuentra la parcela de los demandados, se oponen a la desestimación de la demanda, argumentando en síntesis, que aún sin estar sujeta a los Estatutos de dicha Comunidad son beneficiarios del proceso urbanizador, y por ello deben sufragar los costes, en proporción a su superficie, del mantenimiento de los elementos comunes como viales, alumbrado, alcantarillado, limpieza, etc.., que a fecha del recurso no ha sido recepcionada por la administración local.
La sentencia de instancia acogió los motivo de oposición de los demandados referido a que su vivienda no pertenecen a la citada Comunidad, ni tampoco participan o disfrutan de los elementos comunes por los que se reclama la cuota comunitaria, y examinadas las pruebas practicada en autos esta Sala comparte el criterio de la Juzgadora de instancia en cuanto que, por un...
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ATS, 26 de Noviembre de 2013
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