STSJ Castilla y León , 28 de Noviembre de 2012

PonenteJOSE MANUEL RIESCO IGLESIAS
ECLIES:TSJCL:2012:5701
Número de Recurso1499/2012
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2012
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 02204/2012

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIALVALLADOLID

C/ANGUSTIAS S/N

Tfno: 983413204-208

Fax:983.25.42.04

NIG: 34120 44 4 2010 0001117

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001499 /2012 JM

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000539 /2010 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de PALENCIA

Recurrente/s: Fulgencio, Laureano

Abogado/a: INES MUÑOZ DIEZ, CARLOS JOSE HERNANDEZ MARTIN Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEON Abogado/a: ANDRES PEREZ-MONEO AGAPITO

Procurador/a: CARLA MATITO ABRIL

Graduado/a Social:

Iltmos. Sres.: Rec. 1.499/2012

  1. Emilio Alvarez Anllo Presidente de la Sección

  2. José Manuel Riesco Iglesias

  3. Rafael A. López Parada /

En Valladolid a veintiocho de Noviembre de dos mil doce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A En el Recurso de Suplicación núm. 1.499/2012, interpuesto por DON Fulgencio y DON Laureano contra la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. Uno de Palencia, de fecha 30 de Marzo de 2.012, (Autos núm. 539/2010), dictada a virtud de demanda promovida por indicados recurrentes contra el CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEON, sobre CANTIDAD.

Ha actuado como Ponente el Iltmo. Sr. DON José Manuel Riesco Iglesias.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 17 de Septiembre de 2010 se presentó en el Juzgado de lo Social núm. Uno de Palencia demanda formulada por la parte actora, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia desestimando, referida demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes:" 1°.- El demandado Consejo de Cuentas de Castilla y León es una institución dependiente de las Cortes de Castilla y León que realiza las funciones de fiscalización externa de la gestión económica, financiera y contable del sector público de la Comunidad Autónoma y demás entes públicos de Castilla y León.- 2°.- En el Boletín Oficial de Castilla y León de 7 de julio de

2004 se publicó el Acuerdo adoptado por la Mesa de las Cortes de Castilla y León en su reunión de 22 de junio de 2004 aprobando la relación de puestos de trabajo del Consejo de Cuentas de Castilla y León en los términos obrantes a los folios 16 a 19 de los autos, entre otros los siguientes:

* Relación de Puestos de trabajo de Personal Funcionario: * Relación de Puestos de trabajo-Personal Eventual:

Tipo de puesto 02.017

- Denominación: Conductor-Ordenanza

- Dotación: 4

- Asimilación a Grupo: E

- Nivel: 12

- C. Específico: 11

- Localidad: Palencia

- Órgano de adscripción: Consejeros

- Tit. Académica: ------------ Observaciones: (31) disponibilidad horaria

(33) permiso de conducir categoría B.

Tipo de puesto NUM000

- Denominación: conductor-ordenanza

- Dotación: 1

- Asimilación a Grupo: E

- Nivel: 14

- C. específico: 11

- Localidad: Palencia

- Órgano de adscripción: presidente

- Titulación académica: -------- Observaciones: (31): disponibilidad horaria

(33): permiso de conducir categoría

- Relación de Puestos de trabajo de Personal Laboral: Tipo de puesto: 03.048

- Denominación: oficial de mantenimiento

- Dotación: 1

- C. destino: 4

- C. específico: 12

- Provisión: c

- Localidad: Palencia

- Adscripción: Adm.: AP

Categoría: oficial adtivo.

- Tit. Acad: bachillerato o equivalente

- Observaciones: (31) disponibilidad horaria

Tipo de puesto: NUM001

- Denominación: conductor-ordenanza

- Dotación: 2

- C. destino: 5

- C. específico: 13

- Provisión: c

- Localidad: Palencia

- Adscripción: Admón AP

Categoría oficial administrativo

- Tit. académica: certificado de escolaridad

- Observaciones: (31) disponibilidad horaria

(33) permiso de conducir categoría B

3°.- En el Boletín Oficial de Castilla y León de fecha 31 de marzo de 2006 se publicó el Acuerdo de 23 de marzo de 2006 del Pleno del Consejo de Cuentas de Castilla y León, por el que se convocaba concursooposición, en régimen de contratación laboral de carácter fijo, de puestos de trabajo de conductor ordenanza, con arreglo a las bases que constan a los folios 20 y siguientes, cuyo integro contenido se da aquí por reproducido, de las que destacan, a los fines de este procedimiento, las siguientes:

*** Primera.- Número, características de las plazas y procedimiento de selección.

  1. - Se convoca concurso-oposición para cubrir dos plazas de Conductor-Ordenanza cuyas características se detallan en el Anexo I.

  2. - La realización del proceso selectivo se ajustará a lo establecido en las presentes bases, en la normativa básica de la Función Pública, y en la que resulte aplicable de conformidad con lo previsto en el artículo 29 de la Ley 2/2002, de 9 de abril, reguladora del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

    *** Segunda.- Requisitos de los candidatos.

  3. - Para ser admitido al proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

    1. Poseer la nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea de acuerdo con lo establecido en la normativa reguladora del acceso a la función pública española de los nacionales y del resto de los ciudadanos comunitarios.

      También pueden presentarse los extranjeros extracomunitarios de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, modificada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social.

    2. Estar en posesión del certificado de escolaridad. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

    3. Tener cumplidos los 18 años de edad.

    4. Poseer la capacidad necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones.

    5. Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.

    6. No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el desempeño de funciones públicas, ni haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública mediante expediente disciplinario.

      *** Novena. - Formalización del contrato, incorporación y período de prueba.

  4. - La celebración del contrato y la consiguiente incorporación del trabajador se producirán en el plazo de diez días desde el siguiente a la finalización del de presentación de documentación a que se refiere la base anterior.

  5. - La formalización del contrato se realizará por escrito, concretándose un período de prueba de dos meses, durante el cual la admisión del trabajador se entenderá provisional.

    Transcurrido el período de prueba, el trabajador será fijo y se computará este período a todos los efectos. *** Décima.- Norma final.

    Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo l0.l.c ) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante el Pleno del Consejo de Cuentas de Castilla y León, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, según lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común .

    *** ANEXO I

    PLAZA CONVOCADA

    - Denominación: Conductor-ordenanza

    - Dotación: 2

    - Localidad: Palencia

    - Adscripción: Admón.: AP

    Categoría: oficial-administrativo

    - Titulación académica: certificado de escolaridad

    - Observaciones: Disponibilidad horaria

    Permiso de conducción clase B

    3.1.- Los candidatos que superaron el citado concurso-oposición fueron D. Fulgencio y D. Laureano . 4°.- El actor D. Fulgencio, mayor de edad y con D.N.I. NUM002 presta servicios como personal laboral fijo para el Consejo de Cuentas de Castilla y León.

    4.1.- La relación laboral se inició mediante contrato de trabajo de fecha 8-1-2007 suscrito entre ambas partes, del que destacan, a los fines de este procedimiento, las siguientes estipulaciones:

    - La persona contratada prestará sus servicios dentro de la categoría de Oficial Administrativo, en el puesto de trabajo de Conductor Ordenanza, puesto al que el trabajador accedió mediante nombramiento según Acuerdo del Pleno del Consejo de Cuentas de Castilla y León de 23 de noviembre de 2006.

    - El Centro de trabajo está ubicado en C/ Mayor 54 de Palencia.

    - La jornada de trabajo será a tiempo completo, de 35 horas semanales, prestadas de lunes a viernes, como regla general en régimen de disponibilidad horaria con los descansos que establece la Ley.

    - La duración del presente contrato será indefinida. - La cuantía de sueldo y pagas extraordinarias del personal serán las correspondientes a las del personal funcionario en razón de equivalencia de la titulación exigida para su ingreso determinada por la Relación de Puestos de Trabajo (certificado de escolaridad). Los periodos de devengo de las pagas extraordinarias serán los de aplicación al personal funcionario.

    El Consejo de Cuentas de Castilla y León reconocerá al trabajador, a efectos de antigüedad, el tiempo de servicios prestados en cualquier administración pública.

    Asimismo tendrá derecho el trabajador al reconocimiento y abono de trienios en la misma cuantía que la establecida para el personal funcionario de acuerdo con el nivel de titulación exigido para su ingreso.

    Las retribuciones complementarias a percibir por el trabajador serán las que corresponden al puesto de trabajo que desempeñe.

    - En lo no previsto en este contrato se estará a la legislación vigente...

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