SAN 33/2012, 4 de Julio de 2012

PonenteJULIO DE DIEGO LOPEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala penal, Sección 2ª
ECLIES:AN:2012:5132
Número de Recurso35/2011

AUD.NACIONAL SALA PENAL SECCION 2

MADRID

SENTENCIA: 00033/2012

AUDIENCIA NACIONAL

SALA DE LO PENAL

SECCION SEGUNDA

ROLLO DE SALA: SUMARIO 35/11

JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN nº 3

SUMARIO: 43/10

SENTENCIA nº 33/2012

ILMOS. SRS.:

DON FERNANDO GARCÍA NICOLÁS (Presidente)

DON JULIO DE DIEGO LÓPEZ (Ponente)

DON ENRIQUE LOPEZ LOPEZ

En MADRID a cuatro de julio de dos mil doce.

Visto, en juicio oral y público, ante la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, la causa de referencia, procedente del Juzgado Central de Instrucción nº 3, por los trámites Sumario (Procedimiento Ordinario), con el número 43/10 del Juzgado, Rollo de Sala 35/11, seguida por delito contra la salud pública de tráfico de drogas.

Han sido partes en el presente procedimiento como acusador público el Ministerio Fiscal, representado por el Ilmo. Sr. Don Ángel Bodoque Agredano, y como acusados:

  1. - Ramon Jose, nacido en Zinamaica (Venezuela), el NUM000 -1975, hijo de Orlando y Dolly, Con N.I.E. NUM001, sin antecedentes penales, detenido el 8.01.2010 y en prisión provisional por esta causa desde el 11.01.2010, prorrogada por auto de 21.12.2011, declarado insolvente, representado por la Procuradora Sra. López de Zubiría y defendido por el Letrado Don Miguel Ruíz del Arbol Fernández.

  2. - Roque Benito, nacido en Riosucio Caldas (Colombia), el NUM002 .1953, hijo de Luis Eduardo y Nora Oliva, con N.I.E. NUM003, sin antecedentes penales, detenido el 8.01.2010, y en prisión provisional por esta causa desde el 11.01.2010, prorrogada por auto de 21.12. 2011, declarado solvente parcial, representado por la Procuradora Sra. Echavarría Terroba y defendido por el letrado D. Francisco Javier Díaz Martín.

  3. - Gumersindo Torcuato, nacido en Manizales (Colombia), el NUM004 .1989, hijo de Luis Gustavo y Liliana María, con N.I.E. NUM005, sin antecedentes penales, detenido el 8.01.2010 y en prisión provisional por esta causa desde el 11.01.2010, prorrogada por auto de 21.12.2011, declarado insolvente, representado por la Procuradora Sra. Echavarría Terroba y defendido por el Letrado Don Vicente Prado Albalat. 4.- Hermenegildo Domingo, nacido en Ciudad de México, Distrito Federal, el NUM006 .1965, hijo de Roberto y Ana, con Pasaporte de México NUM007, sin antecedentes penales, detenido el 8.01.2010 y en prisión provisional por esta causa desde el 11.01.2010, prorrogada por auto de 21.-12.2011, declarado insolvente, representado por la Procuradora Sra. García Hernández y defendido por el Letrado Don Arturo García Hernández.

  4. - Lorena Isabel, nacida en Maracena (Granada), el NUM008 .1952, hija de Francisco y Genara, con D.N.I. NUM009, sin antecedentes penales, detenida el 8.01.2010, prisión provisional el 11.01.2010 y en libertad provisional por esta causa desde el 15.03.2011 (fianza de 35.000 #), declarada solvente parcial, representada por la Procuradora Sra. Moyano Cabrera y defendida por el Letrado Don Ángel Tavira Ortega.

  5. - Anselmo Felicisimo, nacido en Buenos Aires (Argentina), el NUM010 .1949, hijo de Jorge Julio y Nelida, con pasaporte de Argentina NUM011, sin antecedentes penales, detenido el 8.01.2010, y en prisión provisional por esta causa desde el 11.01.2010, prorrogada por auto de 21.12.2011, declarado insolvente, representado por la Procuradora Sra. Bermejo García y defendido por la Letrada Doña Miriam Requena Deu.

  6. - Severino Guillermo, nacido en Buenos Aires (Argentina), el NUM006 .1951, hijo de Wenceslao y Ernestina, con pasaporte de Argentina NUM012, con antecedentes por tráfico de drogas no computables en esta causa, detenido el 8.01.2011 y en prisión provisional por esta causa desde el 11.01.2010, prorrogada por auto de 21.12.2011, declarado insolvente, representado por la Procuradora Sra. Echavarría Terroba y defendido por el Letrado Don Vicente Miguel Prado Albalat.

  7. - Bartolome Felicisimo, nacido en Arcila (Marruecos) el NUM013 .1954, hijo de Juan y Maria, con D.N.I. NUM014, sin antecedentes penales detenido el 21.01.2010, prisión provisional el 21.01.2010 y en libertad provisional desde el 27.12.2010 (fianza 15.000 #), declarado solvente parcial, representado por la Procuradora Sra. García Bardón y defendido por el Letrado Don Ignacio Andarias Moriñigo.

  8. - Baldomero Bartolome, nacido en Bilbao (Vizcaya), el NUM015 .1954, hijo de Fausto y Adoración, con D.N.I. NUM016, sin antecedentes penales, detenido el 15.01.2010, prisión provisional el 15.01.2010 y en libertad provisional desde el 8.02.2010, declarado solvente parcial, representado por el Procurador Sr. Álvarez Real y defendido por el Letrado Don Guillermo Álvarez Rato.

  9. - Emilio Eutimio, nacido en Cabra (Córdoba) el NUM017 .1956, hijo de Lorenzo y Josefa, con D.N.I. NUM018, sin antecedentes penales, detenido el 20.01.2010 y en libertad desde el 21.01.2010, declarado solvente parcial, representado por el Procurador Sr. Ruíz Esteban y defendido por el Letrado Don Fernando Sánchez González.

  10. - Vidal Cayetano, nacido en Buenos Aires (Argentina), el NUM019 .1943, hijo de Antonio Juan y Maria Esther, con pasaporte de Argentina NUM020, sin antecedentes penales, entregado por Argentina el

11.02.2011 y en prisión provisional por esta causa desde el 14.02.2011, declarado insolvente, representado por la Procuradora Sra. Plaza Villa y defendido por el Letrado Don Enrique Verdugo López.

Ha sido Ponente de esta resolución, el Ilmo. Sr. Don JULIO DE DIEGO LÓPEZ .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción nº 3 de Alcalá de Guadaira (Sevilla), incoó con fecha 11.01.2010

D.P. 2/2010 en virtud de la detención por la Guardia Civil de Gumersindo Torcuato, Roque Benito, Hermenegildo Domingo, Severino Guillermo, Lorena Isabel, Anselmo Felicisimo y Ramon Jose, por hechos relacionados con el tráfico de drogas a gran escala en la localidad de Sevilla, inhibiéndose por Auto de 8.03.2010 a favor de los Juzgados Centrales de Instrucción; incoando el Juzgado Central de Instrucción nº

3 D.P. 88/2010 pr Auto de 15.03.2010, diligencias transformadas en Sumario 43/2010, por Auto de 18.05.2010.

SEGUNDO

El día 21.05.2010 se dictó auto de procesamiento contra Ramon Jose, Roque Benito, Gumersindo Torcuato, Hermenegildo Domingo, Lorena Isabel, Anselmo Felicisimo, Severino Guillermo, Bartolome Felicisimo, Baldomero Bartolome, Emilio Eutimio y Vidal Cayetano, por delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico y/o posesión con vocación de ilícita transmisión de drogas y sustancias estupefacientes (cocaína), que causan grave daño a la salud, concurriendo los subtipos agravados de notoria importancia, organización y especial gravedad, siendo declarado concluso por auto de

8.03.2011.

Recibido el sumario en esta Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, se dictó Auto de 15.07.2011 confirmando la conclusión del Sumario y ordenando la apertura de juicio oral respecto de los procesados, y a continuación, tas los escritos de calificación, se resolvió sobre los medios de prueba propuestos por las partes, señalándose las sesiones del juicio oral.

TERCERO

Los días 9, 10, 11, 16, 17 y 18 de abril de 2012 se desarrolló la sesión del juicio oral, con el interrogatorio de los acusados y la práctica de la prueba testifical, pericial y documental propuesta y admitida; tras la cual, el Ministerio Fiscal modificó sus conclusiones provisionales en relación con los acusados en el sentido siguiente:

  1. Hechos:

    Retiramos todas las menciones a las actuaciones de dirección de la organización criminal referidas al acusado Vidal Cayetano, dejando subsistentes las referidas a sus labores de coordinación y demás actividades en los términos concretamente fijados en el Escrito de Conclusiones provisionales.

  2. Delitos:

    1. UN DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA DE TRÁFICO DE DROGAS GRÁVEMENTE PERJUDICIAL PARA LA SALUD, en cantidad de notoria importancia y con organización de los artículos 368, 369.1.5 ª, 369 bis. del CP, y 370 (extrema gravedad- simulación de comercio internacional entre empresas) en la redacción dada por la L.O. 5/2010.

    2. UN DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA DE TRÁFICO DE DROGAS GRÁVEMENTE PERJUDICIAL PARA LA SALUD, en cantidad de notoria importancia y con organización de los artículos 368 y 369.1.5 y 369 bis. del CP, en la redacción dada por la L.O. 5/2010.

  3. Autores:

    a) Del delito de tráfico de drogas del punto A), el acusado Vidal Cayetano y el acusado Bartolome Felicisimo .

    b) Del delito de tráfico de drogas del punto B), los acusados Ramon Jose, Roque Benito, Gumersindo Torcuato, Hermenegildo Domingo, Lorena Isabel, Anselmo Felicisimo, Severino Guillermo, Emilio Eutimio y Baldomero Bartolome .

  4. Procede imponer:

    -Por el delito de tráfico de drogas del punto a), a los acusados Vidal Cayetano y Bartolome Felicisimo, la pena de 13 AÑOS y 6 MESES DE PRISIÓN y DOS MULTAS de 18 millones de Euros, además de inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena a cada uno de los acusados. Costas del juicio.

    -Por el delito de tráfico de drogas del punto b), a los demás acusados la pena de 11 AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA de 12 millones de Euros, además de inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena a cada uno de los acusados. Costas del juicio.

    Todo lo demás del Escrito de Calificación Provisional en los mismos términos.

    Elevando por tanto a definitivas:

  5. No concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal .

    Acuérdese el comiso de la sustancia estupefaciente y el bidón con acetona incautada. Acuérdese el comiso de todo el material incautado en la causa.

    Acuérdese el comiso de todo el dinero intervenido a los acusados en las detenciones y registros, que asciende a 15.830,80 Euros. Acuérdese el comiso de todos los 11 teléfonos móviles intervenidos, las 13 tarjetas SIM intervenidas, y el GPS incautado.

    Acuérdese el comiso del saldo de la cuenta del Banco Popular NUM021 a nombre del...

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