ATS, 4 de Diciembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha04 Diciembre 2012

AUTO

En la Villa de Madrid, a cuatro de Diciembre de dos mil doce.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de DON Leovigildo y por el MINISTERIO FISCAL se presentaron sendos escritos interponiendo respectivos recursos de casación contra la sentencia dictada, en fecha 27 de febrero de 2012, por la Audiencia Provincial de Ourense (Sección 1ª) en el rollo de apelación nº 112/2011 , dimanante de los autos de juicio de incapacitación nº 192/2010 del Juzgado de Primera Instancia número 1 de El Barco de Valdeorras.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de 10 de abril de 2012 se tuvieron por interpuestos ambos recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes por término de TREINTA DÍAS, para que pudieran personarse ante dicho Tribunal si les conviniere, apareciendo notificada dicha resolución a las mismas con fechas 13 y 18 de abril de 2012.

  3. - Formado el presente rollo, la procuradora Sra. De Prada Antón presentó escrito con fecha 7 de mayo de 2012, en nombre y representación de DON Leovigildo , personándose en concepto de parte recurrente. De igual forma, por el Ministerio Fiscal se ha presentado escrito con fecha 21 de mayo de 2012 personándose en concepto de parte recurrente e interesando la celebración de vista.

  4. - Por el recurrente DON Leovigildo se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Juan Antonio Xiol Rios.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos de casación interpuestos por la representación procesal de DON Leovigildo y por el MINISTERIO FISCAL, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 de la LEC 2000 , entréguese copia de los escritos de interposición de los recursos de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala para que, en el plazo de veinte días, formalicen su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - ADMITIR el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de DON Leovigildo contra la sentencia dictada, en fecha 27 de febrero de 2012, por la Audiencia Provincial de Ourense (Sección 1ª) en el rollo de apelación nº 112/2011 , dimanante de los autos de juicio de incapacitación nº 192/2010 del Juzgado de Primera Instancia número 1 de El Barco de Valdeorras.

  2. - ADMITIR el recurso de casación interpuesto por el MINISTERIO FISCAL contra la sentencia dictada, en fecha 27 de febrero de 2012, por la Audiencia Provincial de Ourense (Sección 1ª) en el rollo de apelación nº 112/2011 , dimanante de los autos de juicio de incapacitación nº 192/2010 del Juzgado de Primera Instancia número 1 de El Barco de Valdeorras.

  3. - Y entréguese copia de los escritos de interposición de los recursos de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala, para que, en el plazo de VEINTE DÍAS, formalicen su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la secretaría.

De acuerdo con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC , contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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