SJCA nº 2 338/2009, 23 de Junio de 2009, de Valencia

PonenteMARIA JOSE JUESAS LOACES
Fecha de Resolución23 de Junio de 2009
Número de Recurso782/2007

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Nº DOS DE VALENCIA

S E N T E N C I A N º 338/09

En Valencia a 23 de junio de 2009

Visto por mí, MARIA JOSE JUESAS LOACES, Juez sustituta en funciones de REFUERZO del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Valencia, el presente Recurso Contencioso- Administrativo seguido por los trámites del Procedimiento ORDINARIO Nº 782/07 promovido por el procurador D. Francisco Cerrillo en representación de la mercantil TORRES FILM PLASTIC SL, asistida por el Letrado D. Pablo Delgado Gil, contra la Resolución de fecha 25-07-07 dictada por el AYUNTAMIENTO DE TORRENTE que desestima el recurso de reposición contra el Acuerdo de fecha 12-02-07 de Modificación del Proyecto de Urbanización y Retasación del sector II "Ampliación Mas del Jutge 2".

Como demandado comparece el AYUNTAMIENTO DE TORRENTE , representado por la letrada D. Mª Pilar Guillen Zaragoza.

Y como codemandado comparece la mercantil MAS DEL JUTGE 2 SL, representado por la procuradora Dª Carmen Iniesta Sabater, y asistido por el letrado D.Joan A. Campillo Zaragozá.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida, con imposición de costas a la demandada.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada y codemandada contestaron a la demanda, mediante escrito en el que solicitan la desestimación de la demanda y que se confirmase la resolución recurrida.

TERCERO

Solicitado recibimiento a prueba, practicada esta y acordado el tramite de conclusiones, practicado este, por la recurrente se presento escrito solicitando la practica de Diligencias Finales, que fue acordada mediante auto, y tras la presentación de los escritos por las partes y las alegaciones que estimaron pertinentes, fueron declarados los autos conclusos para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del recurso la Resolución de fecha 25-07-07 dictada por el AYUNTAMIENTO DE TORRENTE , que desestima el recurso de reposición interpuesto contra el Acuerdo de fecha 12-02-07 que aprueba la Modificación del Proyecto de Urbanización del Sector 2 que tiene como objetivo la rotonda de conexión del sector con la carretera provincial CV-411, y aprobar la Retasación de cargas previstas en el PAI del sector "Ampliación del Polígono Industrial Mas del Jutge 2".

La parte recurrente alega que la solicitud de modificación del proyecto de Urbanización y retasación de cargas que efectúa el Agente urbanizador, y que se fundamenta en que la Diputación requiere después de la aprobación del PAI la ejecución de la rotonda, no es correcta, y por el contrario entiende que la Diputación advierte al Urbanizador que los proyectos aprobados tienen defectos y que las correcciones que se les exigen deberían estar incluidas en el proyecto aprobado. Fundamenta su impugnación en la falta de previsión por parte del agente urbanizador, lo que motiva la improcedencia de la retasación de acuerdo con el articulo 67.3 de la LRAU aplicable al caso. Y considera como otro motivo de oposición, que no es exigible la ejecución de la rotonda a los propietarios del Sector, citando en apoyo de su tesis la Sentencia del TSJCV de 2-07-02 .

Solicita en el suplico de demanda que se declare nula la retasación de cargas, y en el escrito de conclusiones añade, que acreditados los perjuicios se pronuncie sobre la responsabilidad de la administración en los mismos.

La administración demandada , se opone a la demanda, y argumenta que esta plenamente justificada la realización de la rotonda por causas objetivas e imprevisibles, ya que el planeamiento que se aprobó, y que la Diputación informo favorablemente, incluía el trazado de conexión con la VV-3019 "Torrent a Mas del Jutge Ronda Oeste 2ª Fase", pero no incluía la actuación sobre la CV-411, ni tampoco se recogía en el proyecto de urbanización....

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR