SAN, 12 de Noviembre de 2012

PonenteANA ISABEL GOMEZ GARCIA
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 8ª
ECLIES:AN:2012:4873
Número de Recurso659/2009

SENTENCIA

Madrid a 12 de Noviembre de 2.012.

Visto el presente recurso contencioso administrativo nº 659/09 interpuesto ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, por el Letrado de los Servicios Jurídicos del AYUNTAMIENTO DE EL CUERVO (Sevilla), contra la Resolución del Ministerio de Fomento de fecha 28 de julio de 2009, sobre aprobación del Expediente de Información Pública y definitivamente el Estudio Informativo: "Autovía del Sur A-4 de Madrid a Cádiz. Tramo: Los Palacios (Sevilla)-Jerez de la Frontera (Cádiz)", en el que la ADMINISTRACIÓN demandada ha estado dirigida y representada por el Abogado del Estado.

Han actuado como codemandados : el AYUNTAMIENTO DE LAS CABEZAS DE SAN JUAN (Sevilla), representado por el Letrado D. José Joaquín Rodríguez Pagés; la COMUNIDAD DE REGANTES DIRECCION000 DE LEBRIJA, representada por el Procurador D. Manuel Infantes Sánchez; la UNIÓN DE AGRICULTORES Y GANADEROS DE SEVILLA (UAGA-COAG. SEVILLA), representada por la Procuradora Dª Teresa López Rosés; la PLATAFORMA DE CIUDADANOS DE EL CUERVO DE SEVILLA A FAVOR DE LA ALTERNATIVA "3ª", representados por la Procuradora Dª Teresa López Rosés; D. Gumersindo y D. Juan, representados por el Procurador D. Jorge Deleito García; LA CAMPIÑA DE LEBRIJA, S. COOP. AND, representada por la Procuradora Dª. Cayetana Zulueta Luchsinger; ASOCIACIÓN DE PEQUEÑOS Y MEDIANOS EMPRESARIOS DE LEBRIJA, representados por la Procuradora Dª Teresa López Rosés; el AYUNTAMIENTO DE LEBRIJA, representado por la Procuradora Dª Teresa López Rosés; UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES, representado por el Procurador D. Federico José Olivares de Santiago; la JUNTA DE ANDALUCÍA, representada por la Letrada Dª. Tatiana Ayllón Vidal de Torrres

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª. ANA ISABEL GOMEZ GARCIA, Magistrada de la Sección.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se interpone por la representación procesal del Ayuntamiento de El Cuervo, contra la Resolución de la Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras, por delegación del Ministro de Fomento, de fecha 28 de julio de 2009, por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el estudio informativo de clave EI.1-E-161 "Conversión en autovía de la N-IV. Tramo: Los Palacios- Jerez de la Frontera", seleccionando como alternativa a desarrollar en los sucesivos proyectos de construcción la denominada "alternativa 3a".

La cuantía del recurso se ha fijado como indeterminada.

SEGUNDO

Presentado el recurso, se reclamó el expediente administrativo y se dio traslado de todo ello al actor para que formalizara la demanda, el cual expuso los hechos, invocó los fundamentos de derecho y terminó por suplicar que, previos los tramites legales pertinentes, se dicte sentencia en la que, estimando el recurso, se anule, por arbitraria, la resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras del Ministerio de Fomento de fecha 28 de julio de 2009, dictando otra en su lugar en la que se seleccionen la alternativa 1b como la más adecuada para desarrollar en los sucesivos proyectos de construcción de la autovía. Subsidiariamente, se anule por arbitraria la resolución de la Secretaría de Estado de Cambio Climático del Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino de 26 de junio de 2009, en la que se señala la alternativa 3a como la medioambientalmente más favorable.

TERCERO

Formalizada la demanda se dio traslado al Abogado del Estado para que la contestara, el cual expuso los hechos y fundamentos de Derecho y suplicó se dictara sentencia desestimando el recurso; con expresa imposición de costas a la parte recurrente.

CUARTO

Los codemandados se opusieron al recurso, en los términos expuestos en los respectivos escritos de contestación a la demanda.

QUINTO

Habiendo sido solicitado el recibimiento a prueba del procedimiento se practicó la que de la propuesta fue declarada pertinente, con el resultado que obra en la causa y, evacuado trámite de conclusiones, quedaron los autos conclusos, señalándose para votación y fallo el día 7 de noviembre del año en curso en que, efectivamente, se votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso la resolución de la Secretaria de Estado de Planificación e Infraestructuras, por delegación del Ministro de Fomento, de fecha 28 de julio de 2009, por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el estudio informativo de clave EI.1-E-161 "Conversión en autovía de la N-IV. Tramo: Los Palacios- Jerez de la Frontera", seleccionando como alternativa a desarrollar en los sucesivos proyectos de construcción la denominada "alternativa 3a".

La resolución impugnada tiene como antecedentes fácticos, a tener en cuenta para la resolución del presente recurso, obrantes en el expediente administrativo, los siguientes:

1.- En resolución dictada por el Subdirector General de Planificación, por delegación del Director General de Carreteras, de fecha 24 de noviembre de 2004, se autorizó la Orden de estudio informativo de la autovía de la N-IV entre Dos Hermanas y Jerez de la Frontera. Posteriormente, con fecha 17 de noviembre de 2005, se realizó una consulta sobre la necesidad del procedimiento de evaluación de impacto ambiental del tramo inicial entre Dos Hermanas y Los Palacios (pp.kk. 558'500 al 566'500).

2.- En resolución de la Secretaría General para la Prevención y el Cambio Climático, de 23 de enero de 2006, se acordó no someter a evaluación de impacto ambiental la duplicación de la N-IV entre los pp.kk. 558'500 al 566'500, tramo: Dos Hermanas- Los Palacios.

En dicha resolución se razona que el proyecto de duplicación de la N-IV, en el tramo referido, tiene por objeto satisfacer la demanda actual de tráfico, muy superior a su capacidad actual, por lo que se estima urgente la ampliación de la misma. Se hace referencia al Informe de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, en el que se expone que el proyecto no afecta a ningún espacio propuesto como LIC, y estima que no debe someterse a procedimiento de evaluación de impacto ambiental; se analizan las características del proyecto, el hecho de que su ejecución no supone un incremento de la contaminación ni del riesgo de accidentes, sino que mejora las condiciones de la vía, que se sitúa principalmente sobre el trazado actual de la N-IV, sin producir un cambio en el uso del suelo, y que el impacto potencial se produciría básicamente durante la fase de las obras, que se transformará en un impacto positivo en la fase de explotación al mejorar las condiciones del tráfico en el tramo objeto de actuación; se prevé que las acciones con posible impacto durante la fase de obras serían contempladas en un plan de restauración ambiental. Concluyendo que no se considera necesario someter al procedimiento de valoración ambiental el referido proyecto en el tramo indicado.

3.- En resolución dictada por el Subdirector General de Planificación, por delegación del Director General de Carreteras, de fecha 17 de febrero de 2006, teniendo en cuenta la anterior resolución, se considera necesario rectificar el tramo del estudio informativo, suprimiendo el tramo inicial Dos Hermanas-Los Palacios, para que sea objeto de un proyecto de construcción, se acuerda que el estudio informativo "Conversión en Autovía de la N-IV. Tramo: Dos Hermanas-Jerez la Frontera", pase a denominarse "Conversión en Autovía de la N-IV. Tramo: Los Palacios-Jerez de la Frontera".

Se solicitó Informe de Evaluación de Impacto Ambiental, que se tramitó por el procedimiento regulado en RD 1131/1988.

4.- En resolución del Subdirector General de Planificación, por delegación del Director General de Carreteras, de fecha 29 de noviembre de 2007, se aprueba provisionalmente y se somete a información pública el estudio informativo y el estudio de impacto ambiental: "Autovía del Sur A-4 de Madrid a Cádiz. Tramo: Los Palacios (Sevilla)-Jerez de la Frontera (Cádiz)". Se recomendaba como alternativa más favorable la denominada 1b en el estudio, consistente en una autovía de nuevo trazado de 63,628 km con 8 enlaces y un presupuesto base de licitación de 296,523 MEUR. 5.- Abierto y realizado en trámite de información pública, se evacuó Informe de las alegaciones por la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental, de fecha 7 de julio de 2008, en el que se analizan todas las alegaciones presentadas, se indica, como antecedentes, que en principio se compusieron y estudiaron un total de diez alternativas de trazado, seleccionando como mejores para su estudio posterior cuatro de ellas, las alternativas 1a, 1b, 3a y 3b; en la fase B se han estudiado las cuatro alternativas, que han sido comparadas mediante técnicas multicriterio, contemplando los aspectos básicos funcionales, ambientales, económicos y territoriales. Para cada aspecto se han definido una serie de indicadores representativos de la bondad de cada alternativa frente a cada aspecto, de la que se obtiene una valoración para cada alternativa y una matriz de valoración global, a partir de las cuales y mediante las técnicas multicriterio se ordenan las alternativas estableciendo la prioridad entre ellas. En dicha fase se ha realizado también un estudio de impacto ambiental, sometido a los trámites pertinentes de información pública y Declaración de Impacto Ambiental.

Se da respuesta en el informe a cada una de las 51 alegaciones presentadas, y se propone una serie de consideraciones a tener en cuenta en la aprobación definitiva del Estudio Informativo y en la redacción del Proyecto de Construcción, entre las cuales se dice que "aunque desde un punto de vista técnico resulta preferible la opción 1b, las diferencias son...

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