SAP Navarra 57/2012, 23 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución57/2012
EmisorAudiencia Provincial de Navarra, seccion 3 (civil)
Fecha23 Marzo 2012

S E N T E N C I A Nº 57/2012

Ilmo. Sr. Presidente:

D. JUAN JOSÉ GARCÍA PÉREZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. AURELIO HERMINIO VILA DUPLA

D. JESÚS SANTIAGO DELGADO CRUCES

En Pamplona, a 23 de marzo de 2012 .

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados al margen expresados, ha visto en grado de apelación el presente Rollo Penal de Sala nº 6/2011, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Nº 2 de Pamplona, en el Juicio Rápido nº 247/2010, sobre delito contra la seguridad vial, en la modalidad de conducción de un vehículo de motor habiendo perdido vigencia el permiso o licencia total de los puntos asignados legalmente, siendo apelante, D. Pablo, representado por el Procurador D. Alberto Miramón Gómara y defendido por el Letrado D. Francisco Javier Moreno Vidal, y apelado, el MINISTERIO FISCAL .

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado, D. AURELIO HERMINIO VILA DUPLA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se admiten los de la sentencia de instancia.

SEGUNDO

Con fecha 23 de diciembre de 2010, el Juzgado de lo Penal Nº 2 de Pamplona dictó en el citado procedimiento sentencia cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

Fallo: "Que debo condenar y condeno a Pablo como autor criminalmente responsable de un delito contra la seguridad vial, ya definido, a la pena de 50 días de trabajos en beneficio de la comunidad, así como al abono de las costas del juicio.

Para el cumplimiento de la pena impuesta podrá ser de abono el tiempo que el/los condenado/s haya/ n permanecido cautelarmente privado/s de libertad por esta causa.

Llévese testimonio de la presente Sentencia a los autos principales y notifíquese al Ministerio Fiscal y a las partes con expresión del recurso de apelación que cabe interponer frente a la misma ante este Juzgado dentro de los CINCO DIAS siguientes al de su última notificación.

Lo que pronuncio, ordeno y firmo, juzgando definitivamente en la instancia poresta Sentencia, en lugar y fecha "ut supra".

TERCERO

Notificada dicha resolución fue apelada en tiempo y forma por la representación procesal de Pablo .

CUARTO

En el trámite del Art. 790.5 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el Ministerio Fiscal solicitó la confirmación de la sentencia apelada.

QUINTO

Remitidas las actuaciones, previo reparto, correspondieron a la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra, en donde se incoó el citado rollo, habiéndose señalado para su deliberación y fallo el día 24 de enero de 2012.

SEXTO

Se admiten y se dan por reproducidos los hechos declarados probados de la sentencia apelada, que son del siguiente tenor literal:

Hechos probados: " Unico.- A las 13.35 horas del día 1 de junio de 2010 el acusado en la presente causa, Pablo, mayor de edad y sin antecedentes penales relevantes a efectos de reincidencia, conducía el vehículo Seat Ibiza ....KKK por la calle Ezkaba de esta ciudad de Pamplona, haciéndolo sin permiso de conducción en vigor por pérdida total de los puntos asignados legalmente al que poseía, circunstancia de la que tenía pleno conocimiento".

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

a) Recurre el acusado la sentencia que le condenó como autor de un delito de conducción sin permiso del art. 384. 1 CP .

Argumenta el juez de lo penal que el acusado había sido destinatario de "una resolución administrativa en la que se acordaba declarar la pérdida de vigencia de la autorización administrativa para conducir de que es titular, con motivo de la pérdida de la totalidad de los puntos asignados a la misma" y tenía conocimiento de dicha resolución al constar "en el expediente que tras dos intentos infructuosos de notificación en su domicilio se procedió a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra, cumpliéndose así lo dispuesto en el art. 59.2 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a la que se remite, a los efectos que nos...

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