STSJ Comunidad de Madrid 1378/2012, 4 de Octubre de 2012

PonenteELVIRA ADORACION RODRIGUEZ MARTI
ECLIES:TSJM:2012:13395
Número de Recurso577/2009
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución1378/2012
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2012
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Segunda

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009710

NIG: 28.079.33.3-2009/0135151

RECURSO 577/2009

SENTENCIA NÚMERO 1378

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA

-----Iltmos Señores:

Presidente.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez Magistrados:

D. José Daniel Sanz Heredero

Dña. Elvira Adoración Rodríguez Martí

D. Miguel Ángel García Alonso

Dª. Fátima Blanca de la Cruz Mera

D. Francisco Bosch Barber

-------------------En la Villa de Madrid, a cuatro de octubre de dos mil doce.

Vistos por la Sala, constituida por los Señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 577/2009, interpuesto por "GUÍAS AMARILLAS, S.L.U.", representado por el Procurador D. Norberto Pablo Jerez Fernández, contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de fecha 4-6-2009 sobre denegación del signo distintivo G.A.T.T. GUIAS AMARILLAS DE TELEFONÍA.

Ha sido parte demandada la Oficina Española de Patentes y Marcas, representada por el Abogado del Estado, y codemandada Dª Sara, representada por el Procuradora D. José Andrés Peralta de la Torre.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de fecha 4-6-2010, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado a la representación de las partes demandadas, para contestación a la demanda, lo que se verificó por escritos de fecha 15-7-2010 y 17-9-2010, por el Abogado del Estado, y por la Codemandada respectivamente, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, terminaron suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Que no habiéndose acordado el recibimiento del pleito a prueba, por auto de fecha 7-10-2010, y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término de diez días para concluir por escrito, lo que consta realizado; señalándose para la votación y fallo del presente recurso el día 4 de octubre de 2012 a las 10 horas de su mañana, en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Elvira Adoración Rodríguez Martí.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurrente "GUIAS AMARILLAS S.L.U." representado por el Procurador D. Norberto Pablo Jerez Fernández, impugna la resolución dictada por la Oficina Española de Patentes y Marcas en fecha 4-Junio-2009 que estimando el recurso interpuesto contra la denegación de la marca nº 2.815.527 "G.A.T.T. GUIAS AMARILLAS DE TELEFONIA Y TELECOMUNICACIONES .COM" para la clase 38 del Nomenclátor Internacional, la concedió.

En apoyo de su pretensión impugnatoria alega el recurrente venir usando la denominación "GUIAS AMARILLAS S.L." de forma notoria en todo el territorio español, con la que la marca concedida presenta gran similitud, creándose un alto riesgo de confusión entre los consumidores.

SEGUNDO

Dispone el art. 9 de la Ley 17/2001 de 7 Diciembre de Marcas que: "1. Sin la debida autorización, no podrán registrarse como marcas:

  1. El nombre civil o la imagen que identifique a una persona distinta del solicitante de la marca.

  2. ...

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