SAP Teruel 110/2012, 18 de Octubre de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 110/2012 |
Fecha | 18 Octubre 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
TERUEL
SENTENCIA: 00110/2012
AUDIENCIA PROVINCIAL DE TERUEL
Rollo de apelación civil núm. 125/2012
Juicio verbal núm. 644/2010 del
Juzgado de 1ª Instancia núm. 3 de Teruel
SENTENCIA NÚM. 110
En la Ciudad de Teruel a dieciocho de octubre de dos mil doce. Esta Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados Ilmos. Señores D. Fermín Francisco Hernández Gironella, presidente, Dª. María de los Desamparados Cerdá Miralles, y D. Juan Carlos Hernández Alegre, suplente y ponente de estos autos, ha examinado el rollo de apelación civil núm. 125/12, incoado para la resolución del recurso interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 3 de Teruel en el juicio verbal civil núm. 644/10, seguido, en el ejercicio de una acción de suspensión de obra nueva, a instancia de D. Ceferino y D.ª Inmaculada, representados por la Procuradora D.ª Isabel Pérez Fortea, bajo la dirección técnica de la Letrado D. Vicente Carot Górriz; contra los demandados D. Higinio, D.ª Tomasa, D. Pascual y D.ª Celia, representados por el Procurador D. Carlos García Dobón y defendidos por la Letrada D.ª Lucía Solanas Marcellán.
Ha sido parte apelante los demandantes D. Ceferino y D.ª Inmaculada, y apelados los demandados. Se dicta la presente resolución, que expresa el parecer unánime del Tribunal, con base en los siguientes:
El Juzgado de 1ª Instancia núm. 3 de Teruel dictó sentencia el día 15 de junio del presente año en el juicio verbal civil núm. 644/10, con la siguiente parte dispositiva: " FALLO.- Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Sra. Pérez Fortea, en nombre y representación de don Ceferino y doña Inmaculada, contra don Higinio y doña Tomasa, don Pascual y doña Celia, com imposición de las costas causadas en esta instancia a la parte actora ."
Publicada y notificada la anterior sentencia, por la Procuradora D.ª Isabel Pérez Fortea, en la representación que ostenta de los demandantes D. Ceferino y D.ª Inmaculada, se presentó el día 25 de julio de 2012 escrito de formalización de recurso de apelación, en el que, tras exponer como fundamento del mismo incongruencia omisiva, inaplicación de la jurisprudencia respecto al requisito de obra inacabada y error en la apreciación de la prueba, solicitaba de la Sala una resolución que revocase la de instancia y estime la demanda ratificando la suspensión de la obra acordada, con expresa imposición de costas a la parte demandada.
Dicho recurso fue admitido a tramite en diligencia de ordenación de fecha 27 de julio de 2012, en la que se acordaba dar traslado del recurso a la otra parte para que en el plazo de diez días pudiera presentar escrito de impugnación o de adhesión al mismo.
El día 18 de septiembre de 2012 la representación procesal de los demandados presentó escrito de oposición al recurso interpuesto por los actores, solicitando, tras exponer las alegaciones que consideró pertinentes en defensa de sus pretensiones, la desestimación del mismo y la confirmación de la sentencia recurrida, con expresa imposición de las costas del recurso a la parte apelante.
En diligencia de ordenación del Juzgado del día 20 de septiembre de 2012 se acordó elevar las actuaciones originales a esta Audiencia Provincial competente para la resolución del recurso, previo emplazamiento a las partes para que comparecieran en el término legal.
El día 24 de septiembre del presente año se recibieron en esta Audiencia Provincial las actuaciones originales, junto con los escritos de interposición y de impugnación del recurso, donde se acordó, en Diligencia de Ordenación de la Sra. Secretaria del día 27 siguiente, la incoación del oportuno rollo para la tramitación del recurso, designándose al mismo tiempo, por turno de reparto, magistrado ponente. No estimándose necesaria la celebración de vista, se acordó señalar para deliberación y votación el día 16 de...
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