SAP Madrid 550/2012, 9 de Octubre de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 550/2012 |
Fecha | 09 Octubre 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10
MADRID
SENTENCIA: 00550/2012
1280A
C/ FERRAZ 41
Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916
N.I.G. 28000 1 0003006 /2012
Rollo: RECURSO DE APELACION 188 /2012
Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 405 /2011
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 63 de MADRID
De: Maximo
Procurador: JOSE LUIS MARTIN JAUREGUIBEITIA
Contra: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS CALLE000 Nº NUM000 DE MADRID Procurador: MIRIAM LOPEZ OCAMPOS
Ponente : ILMA. SRA. Dª. Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO
SENTENCIA
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ
D. ÁNGEL VICENTE ILLESCAS RUS
Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO
En MADRID, a nueve de octubre de dos mil doce.
La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos nº 405/11, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 63 de MADRID, seguidos entre partes, de una, como apelante D, Maximo, representado por el Procurador D. José Luis Martín Jaureguibeitia y defendido por Letrado, y de otra como apelado, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ CALLE000, Nº NUM000 DE MADRID, representado por el Procurador Dª. Miriam López Ocampos y defendido por Letrado, seguidos por el trámite de juicio Ordinario.
VISTO, siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 63 de Madrid, en fecha 22 de diciembre de 2011, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO : "Que debo desestimar y DESESTIMO la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales Sr. Martín Jaureguibeitia, en nombre y representación de D. Maximo contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000 nº NUM000 de Madrid y en consecuencia, debo absolver y absuelvo a la demandada de las peticiones contenidas en su contra en la demanda rectora del presente procedimiento. Todo ello con expresa condena en costas de la parte actora."
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.
Por providencia de esta Sección, de fecha 13 de junio de 2012, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 2 de octubre de 2012.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
La Comunidad de Propietarios de la CALLE000 nº NUM000 de Madrid, en Junta de
Propietarios de fecha 24 de junio de 2010, en el punto segundo del orden del día acordó, por tres votos a favor y uno en contra, autorizar a los propietarios de los pisos NUM001 NUM002 y NUM001 NUM003 a llevar a cabo la instalación de toldos y aparatos de aire acondicionado y a uno de ellos se le autoriza la instalación...
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