STSJ Asturias 1096/2012, 30 de Octubre de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 1096/2012 |
Fecha | 30 Octubre 2012 |
T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA)
OVIEDO
SENTENCIA: 01096/2012
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS
Sala de lo Contencioso-Administrativo
RECURSO: P.O. 1153/11
RECURRENTE/S:SERVICIOS TRIBUTARIOS DEL PRINCIPADO
REPRESENTANTE: SR. LETRADO DEL PRINCIPADO
RECURRIDO/S: TEARA
REPRESENTANTE: SR. ABOGADO DEL ESTADO
CODEMANDADO:DÑA. Tomasa
PROCURADOR: SR. MUÑIZ SOLIS
SENTENCIA nº 1096/12
Ilmos Sres:
Presidente:
D. Jesús María Chamorro González
Magistrados:
D. Rafael Fonseca González
D. José Manuel González Rodríguez
En Oviedo, a treinta de octubre de dos mil doce.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 1153/11, interpuesto por SERVICIOS TRIBUTARIOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, representado por el Sr. Letrado del Principado, contra el TEARA, representado por el Sr. Abogado del Estado, y como parte codemandada, DÑA. Tomasa, representada por el Procurador
D. Roberto Muñíz Solis, actuando con asistencia Letrada de D. José Manuel Bernardo. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Jesús María Chamorro González.
Interpuesto el presente recurso, recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para la formalización de la demanda, lo que se efectúo en legal forma, donde se hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Exponiendo en Derecho lo que se estimó pertinente y suplicando que, en su día se dicte sentencia acogiendo en su integridad las pretensiones solicitadas en la demanda, y en cuya virtud se revoque la resolución recurrida.
Conferido traslado a la parte demandada para su contestación a la demanda, se hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Se expuso en Derecho lo que se estimó pertinente y suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido.
Conferido traslado a la parte codemandada para su contestación a la demanda se realizo en tiempo y forma, solicitando se dicte sentencia con desestimación del recurso, confirmando la resolución recurrida.
No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.
Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el pasado día 26 de octubre en que la misma tuvo lugar, habiéndose cumplido todos los tramites prescritos en la ley.
Que por la Sra. Letrada del Servicio Jurídico del Principado de Asturias, en nombre y representación de los Servicios Tributarios del mismo se interpuso recurso contencioso administrativo tramitado por el procedimiento ordinario, contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional del Principado de Asturias, de fecha 28 de febrero de 2011, que acuerda estimar las reclamaciones acumuladas números NUM000 y NUM001, con motivo de sanción por infracción tributaria grave del Impuesto sobre Sucesiones, recurso del que dio traslado a la Administración demandada.
Que como principales argumentos impugnatorios, sostenía la parte recurrente, que era perfectamente conforme a Derecho el girar una liquidación definitiva cuando la liquidación provisional se hubiere dictado tras un procedimiento de revisión de actos en vía administrativa.
Por su parte, la Administración Pública demandada, en este caso representada a través del Sr. Abogado del Estado, así como la parte codemanda, representada por el Procurador Sr. Muñiz Solís, contestaron en tiempo y forma oponiéndose y solicitando que se dictase una sentencia desestimatoria de las pretensiones de la parte recurrente.
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STS, 3 de Febrero de 2016
...Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, 1096/2012, de 30 de octubre (rec. 1153/2011 ) ECLI:ES:TSJAS:2012:3724). Termina suplicando de la sala se case y anula la sentencia recurrida para dictar otra en la que se estime la doctrina mantenida en la ......