STSJ Asturias 985/2012, 10 de Octubre de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 985/2012 |
Fecha | 10 Octubre 2012 |
T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA)
OVIEDO
SENTENCIA: 00985/2012
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS
Sala de lo Contencioso-Administrativo
RECURSO: 1359/2010
RECURRENTE: D. Oscar
PROCURADOR: D. IGNACIO SAL DEL RIO RUIZ
RECURRIDO: DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA Y DE LA GUARDIA CIVIL
REPRESENTANTE: ABOGADO DEL ESTADO
SENTENCIA nº 985/2012
Ilmos. Sres
Presidente:
D. Luis Querol Carceller
Magistrados:
D. Antonio Robledo Peña
Dª. Olga González Lamuño Romay
En Oviedo a diez de octubre de dos mil doce.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 1359/2010 interpuesto por don Oscar, representado por el Procurador don Ignacio Sal del Río Ruiz, actuando bajo la dirección Letrada de don Celso Fernández Gómez, contra la Subdirección General de Recursos Humanos de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, representada por el Abogado del Estado. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada doña Olga González Lamuño Romay .
Interpuesto el presente recurso, recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia acogiendo en su integridad las pretensiones solicitadas en la demanda. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.
Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido.
Por Auto de 19 de mayo de 2011, se recibió el procedimiento a prueba, habiéndose practicado las propuestas por las partes y admitidas, con el resultado que obra en autos.
No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó dar traslado a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.
Se señaló para la votación y fallo del presente el pasado día 8 de octubre, en que la misma tuvo lugar, habiéndose cumplido todos los trámites prescritos en la ley.
Se impugna por el recurrente en el presente recurso contencioso administrativo la Resolución del Subdirector General de Recursos Humanos de la Dirección General de la Policía y Guardia Civil de fecha 22 de septiembre de 2010, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra anterior Resolución de 16 de junio de 2010 por lo que se hizo pública la relación de aspirantes a ingreso en la Escala Básica, Categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía que habían aprobado la fase de oposición y se nombraban Policías-Alumnos a los que debían realizar el curso de formación, resultando excluido el aquí actor al ser declarado no apto en relación a la calificación de la cuarta prueba, por no haber superado el reconocimiento médico dirigido a comprobar que no se aprecia en los aspirantes alguna de las causas de exclusión que establece la Orden del Ministerio del...
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