ATS, 23 de Octubre de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha23 Octubre 2012

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintitrés de Octubre de dos mil doce.

HECHOS

  1. - La representación procesal de la entidad mercantil "France Telecom España, S.A.U." por escrito de fecha 16 de febrero de 2012 interpuso recurso de casación, contra la Sentencia dictada, con fecha 29 de diciembre de 2011, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 19ª), en el rollo de apelación nº 727/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario número 681/2009 del Juzgado de Primera instancia nº 3 de Pozuelo de Alarcón.

  2. - Mediante Diligencia de Ordenación de 6 de marzo de 2012 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes y al Ministerio Fiscal.

  3. - El Procurador D. Roberto Alonso Verdu, en nombre y representación de la entidad mercantil "France Telecom España, S.A.U.", presentó escrito ante esta Sala el día 30 de marzo de 2012, personándose en concepto de parte recurrente. El Procurador D. Javier Campal Crespo, en nombre y representación de D. Alfonso presentó escrito con fecha 18 de abril de 2012, personándose en calidad de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Interpuesto recurso de casación por la representación procesal de la entidad mercantil "France Telécom España, S.A.U." contra sentencia dictada por la Sección 19 de la Audiencia Provincial de Madrid, en un juicio ordinario seguido sobre protección de derechos fundamentales, procede admitirlos, al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2, LEC 2000 y concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso formalizado con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría, y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal para que informe sobre el recurso interpuesto.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - Admitir el recurso de casación, interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil "France Telécom España, S.A.U.", contra la Sentencia dictada, con fecha 29 de diciembre de 2011, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 19), en el rollo de apelación nº 727/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario número 681/2009 del Juzgado de Primera instancia nº 3 de Pozuelo de Alarcón.

  2. - Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría, y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal para que informe sobre el recurso interpuesto.

Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno de conformidad con lo establecido en el art. 483.5 de la LEC .

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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