SAP Girona 346/2012, 25 de Septiembre de 2012

PonenteNURIA LEFORT RUIZ DE AGUIAR
ECLIES:APGI:2012:351
Número de Recurso317/2012
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución346/2012
Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Girona, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION PRIMERA

GIRONA

APELACION CIVIL

Rollo nº: 317/2012

Autos: procedimiento ordinario nº: 913/2010

Juzgado Primera Instancia 1 Sant Feliu de Guíxols

SENTENCIA Nº 346/2012

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Doña Maria Isabel Soler Navarro

MAGISTRADOS

Don Fernando Ferrero Hidalgo

Doña Núria Lefort Ruiz de Aguiar

En Girona, veinticinco de septiembre de dos mil doce

VISTO, ante esta Sala el Rollo de apelación nº 317/2012, en el que ha sido parte apelante D. Jose Daniel, representada esta por el Procurador D. PERE FERRER FERRER, y dirigida por el Letrado D. IGNASI DE RIBOT i DE BATLLE; también como parte apelante la entidad CONSTRUCCIONES E INVERSIONES INMOBILIARIAS, S.A., representada esta por la procuradora Dña. ESTHER SIRVENT CARBONELL, y dirigida por el Letrado D. ENRIC FONT ESTEVA; y como parte apelada D. Alberto, representada por la Procuradora Dña. ESTHER SIRVENT CARBONELL, y dirigida por el Letrado D. JOSEP PERICAY PIJAUME; siendo partes apeladas no comparecidas D. Claudio, como HEREDERO DE D. Florian ; y D. Leandro .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado Primera Instancia 1 Sant Feliu de Guíxols, en los autos nº 913/2010, seguidos a instancias de D. Jose Daniel, representado por el Procurador D. PERE FERRER FERRER y bajo la dirección del Letrado D. IGNASI DE RIBOT i DE BATLLE, contra los IGNARADOS HEREDEROS O HERENCIA YACENTE DE D. Florian ; contra D. Leandro, representado por la Procuradora Dña. JESUSA EMMA FERNÁNDEZ ANCARES, y dirigido por Dña. MARIA FINA BELLOD; contra D. Alberto, representado por el Procurador D. MIQUEL JORNET BES, y dirigido por D. JOSEP PERICAY PIJAUME; y contra la entidad mercantil CONSTRUCCIONES E INVERSIONES INMOBILIARIAS, S.A. (CEISA), representado por el Procurador D. MIQUEL JORNET BES, bajo la dirección del Letrado D. ENRIC FONT ESTEVA, se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: " FALLO : Estimo parcialmente la demanda interpuesta por D. Jose Daniel . Desestimo la demanda interpuesta por D. Jose Daniel contra D. Alberto .

Desestimo la demanda de declaración de dominio en el ejercicio de la acción principal, fundada en contrato de 23 de diciembre de 1970.

Estimo la demanda de declaración de dominio en el ejercicio de la acción subsidiaria de usucapión ejercitada por D. Jose Daniel contra CEISA, D. Claudio y D. Leandro .

Declaro que D. Jose Daniel es propietario de la finca nº NUM000 del Registro de la Propiedad de Sant Feliu de Guíxols, inscrita al tomo NUM001, libro NUM002 de Castillo-Playa de Aro y folio 103, descrito en el hecho primero de la demanda.

Condeno a CEISA, a D. Claudio y a D. Leandro a estar y pasar por la anterior declaración y a reconocer que el demandante es propietario de la finca descrita.

Condeno a CEISA a otorgar escritura pública de reconocimiento de propiedad a favor de D. Jose Daniel de la finca descrita de manera que pueda inscribirse en el Registro de la Propiedad, con la advertencia de que en caso de no hacerse en el plazo de 2 meses desde la firmeza de la sentencia se procederá conforme al art. 708 de la LEci.

Impongo a CEISA las costas causadas a instancias de D. Jose Daniel .

Impongo a D. Jose Daniel las costas causadas a instancias de D. Alberto .

Sin imposición de costas a D. Claudio y D. Leandro ".

SEGUNDO

La relacionada sentencia de fecha 6/2/12, se recurrió en apelación por la parte demandante D. Jose Daniel y la parte apelada CONSTRUCCIONES E INVERSIONES INMOBILIARIAS, S.A., por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia y se han seguido los demás trámites establecidos en la LEC.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dña. Núria Lefort Ruiz de Aguiar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Planteamiento de la cuestión.

  1. El actor interpuso demanda en la que ejercitaba con carácter principal acción de cumplimiento contractual, con base en el contrato de compraventa privado de 23 de diciembre de 1970 suscrito entre él y los demandados Sr. Leandro y Sr. Claudio, en virtud del cual pretendía el otorgamiento de escritura pública de compraventa de la finca a la que se refiere el citado contrato, demandando a tal fin a la sociedad CEISA y su administrador, don Alberto, al ser el mismo firmante del contrato en nombre de la citada sociedad, a la vez que ésta es la que aparece como titular registral de la finca en cuestión. Con carácter subsidiario, para el supuesto de que fuera desestimada la acción principal, acumula acción declarativa de dominio al haber adquirido la propiedad por usucapión en virtud de la posesión en concepto de dueño por más de 30 años.

  2. La sentencia desestima la acción ejercitada con carácter principal y estima la acción subsidiaria ejercitada frente a CEISA y declara que el actor es propietario de la finca litigiosa, condenando a los demandados CEISA, Sr. Claudio y Sr. Leandro a estar y pasar por tal declaración y a la demanda CEISA a otorgar escritura pública de reconocimiento de propiedad a favor del actor. Impone a CEISA las costas causadas al actor. Impone al actor las costas causadas al Sr. Alberto .

  3. - Recurre CEISA por entender que la sentencia incurre en error en valoración de la prueba al considerar probado que el actor ha poseído en concepto de dueño...

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