SAP Madrid 197/2008, 22 de Abril de 2008
Ponente | AMPARO CAMAZON LINACERO |
ECLI | ES:APM:2008:4929 |
Número de Recurso | 25/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 197/2008 |
Fecha de Resolución | 22 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 14ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 14
MADRID
SENTENCIA: 00197/2008
Rollo: RECURSO DE APELACION 25 /2008
SENTENCIA
Ilmos. Sres. Magistrados:
PABLO QUECEDO ARACIL
AMPARO CAMAZON LINACERO
PALOMA GARCIA DE CECA BENITO
En MADRID, a veintidós de abril de dos mil ocho.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 14 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 849 /2004, procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de VALDEMORO, a los que ha correspondido el Rollo 25 /2008, en los que aparece como parte apelante L.I. BOSTON S.L. _representado por el procurador DOÑA MARIA TERESA ARANDA VIDES, y como apelado CANAL DE ISABEL II, quien formuló oposición al recurso en base al escrito que a tal efecto presentó, representado por el procurador DON ROBERTO SASTRE MOYANO, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. DOÑA AMPARO CAMAZON LINACERO.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Valdemoro, en fecha 5 de julio de 2007 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es de tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda formulada por el Procurador Sr. GOTOR INVARATO en nombre y representación de CANAL DE ISABEL II contra la entidad mercantil L.I. BOSTON S.L., en reclamación de cantidad, DEBO CONDENAR Y CONDENO al demandado a abonar la cantidad de 13.557.82 euros a la parte actora más los intereses legales y con expresa condena en costas a la parte demandada".
Notificada la mencionada resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte apelante L. I. BOSTON S.L., al que se opuso la parte apelada CANAL DE ISABEL II, y tras dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la LEC, se remitieron las actuaciones a esta sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
Por Providencia de esta Sección, se acordó para deliberación, votación y fallo el día 15 de abril de 2008.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida en lo que no se opongan a los que a continuación se relacionan.
La empresa pública Canal de Isabel II ejercita acción de reclamación del importe de las facturas impagadas por la empresa demandada, L.I. Boston S.L., (cuya actividad social es lavandería), por consumos de agua derivados del suministro al número 33 de la calle Chinchón de Valdemoro (Madrid) en suma total de 13.557,82 euros e intereses legales desde que incurrió en mora. La acción de reclamación se ejercita con fundamento en la subrogación de la demandada en el contrato de suministro concertado por la actora con la mercantil Crespo y Villegas S.L.; subsidiariamente, en el enriquecimiento injusto de la demandada por ser quien se beneficia del suministro.
La demandada se opone a la demanda alegando falta de legitimación pasiva porque no es parte en el contrato de suministro de agua al estar firmado por Crespo y Villegas S.L., y expedidas las facturas a nombre de ésta, y porque nunca ha firmado un contrato de compraventa de activos empresariales, maquinaria y fondo de comercio con la mercantil Crespo y Villegas S.L.
La sentencia dictada en la primera instancia razona que la prueba practicada acredita que el día 7 de febrero de 1994, la mercantil Crespo y Villegas S.L., contrató con Canal Isabel II el suministro de agua de la calle Chinchón número 33 de Valdemoro; que la demandada, L. I. Boston S.L., se encuentra inscrita en el Registro Mercantil a fecha 30 de mayo de 2000 con el domicilio social en la calle Chinchón número 33 y desarrollando el objeto social de trabajos de lavandería, tintorería en cualquiera de sus modalidades, el mismo que tenía la mercantil Crespo y Villegas S.L.; que la demandada, remitió carta a la actora en la que participó: "solicita...
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