STSJ Comunidad de Madrid 1044/2012, 28 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1044/2012
Fecha28 Junio 2012

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Segunda

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009710

NIG: 28.079.33.3-2009/0119093

RECURSO Nº 144/2.009

SENTENCIA Nº 1044

----TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

---- Ilustrísimos Señores:

Presidente:

D. Juan F López de Hontanar Sánchez

Magistrados:

D. José Daniel Sanz Heredero

Dª. Elvira Adoración Rodríguez Martí

D. Miguel Ángel García Alonso

D. Francisco Bosch Barber

En la Villa de Madrid a veintiocho de Junio de dos mil doce.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos del recurso contencioso-administrativo número 144 de 2.009, interpuesto por la entidad «Nikidom, S.L.», representado por el Procurador Don Jaime Gafas Pacheco, y asistido por el Letrado Don Ignacio Valdelomar Serrano contra la resolución dictada el 2 de diciembre de 2008 de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se estimó el recurso de alzada interpuesto por la entidad «Pucstan Trade, S.L.» contra la resolución dictada el 8 de enero de 2008, por la que se originariamente se acordó la inscripción del modelo de utilidad 2007/00412 "Dispositivo de Alimentación Mejorado" denegando definitivamente la inscripción. Ha sido parte la Oficina Española de Patentes y Marcas representado por el Sr. Abogado del Estado y como codemandada la entidad la entidad «Pucstan Trade, S.L.» representada por la Procuradora Doña Rosa Sorribes Calle y asistido por el Letrado Don Víctor Guix Castellví.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites el Procurador Don Jaime Gafas Pacheco en nombre y representación de la entidad «Nikidom, S.L.», formalizó demanda el día 16 de abril de 2.009 en la que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando que en su día se dictara dicte sentencia por la que anulando la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas acuerde conceder el registro del modelo de utilidad U 200700412 "Dispositivo de alimentación mejorado" al cumplir el mismo con los requisitos de novedad y actividad previstos en la Ley.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado al Sr. Abogado del Estado para que en representación de la oficina Española de Patentes y Marcas presentara contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito presentada el 13 de octubre de 2009 en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Conferido traslado para contestación a la demanda por la Procuradora Doña Rosa Sorribes Calle. en representación de la codemandada la entidad «Pucstan Trade, S.L.» se presentó escrito el día 3 de octubre de 2.010 contestando dicha demanda en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida, por ser la misma ajustada a Derecho, con imposición de costas a la parte demandante.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública se concedió a las partes el término de diez días para concluir por escrito, lo que consta realizado señalándose para la deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 28 de Junio de 2012 a las 10,00 horas de su mañana, en que tuvo lugar..

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilustrísimo Señor Don Juan F López de Hontanar Sánchez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Procurador Don Jaime Gafas Pacheco en nombre y representación de la entidad «Nikidom, S.L.», interpone recurso contencioso administrativo contra la resolución dictada el 2 de diciembre de 2008 de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se estimó el recurso de alzada interpuesto por la entidad «Pucstan Trade, S.L.» contra la resolución dictada el 8 de enero de 2008, por la que se originariamente se acordó la inscripción del modelo de utilidad 2007/00412 "Dispositivo de Alimentación Mejorado" denegando definitivamente la inscripción.

SEGUNDO

La Oficina Española de Patentes y Marcas estimó el recurso de alzada señalando que . teniendo en cuenta las alegaciones del recurso y de la contestación a vista realizada por el titular del presente modelo entraremos a analizar a continuación cada una de las cuestiones planteadas. En primer lugar y en lo que se refiere a la página web de Nikidom alegada debemos ratificar el pronunciamiento de la resolución recurrida en cuanto a su falta de fecha fehaciente de acuerdo a lo establecido en los artículos 1.216 y siguientes del Código Civil . Respecto al correo enviado por Fausto, en el mismo ni figura ni se puede asociar con objeto alguno con el que pueda entrarse a comparar el presente modelo de utilidad. Y en cuanto a la alegación realizada por el titular relativa a la imposibilidad de que la patente americana oponente constituya un obstáculo a la concesión del presente modelo de utilidad al no formar parte del estado de la técnica respecto del cual debe examinarse el mismo de acuerdo con el artículo 145 de la Ley de Patentes, debemos decir que la citada patente fue puesta a disposición del público por esta Oficina Española de Patentes y Marcas con anterioridad a la fecha de solicitud del recurrido modelo de utilidad lo que entendemos que equivale a que ha sido divulgada en España tal y como establece la Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de octubre de 1996 ( RJ 1996, 7239) y por lo tanto que forma parte del estado de la técnica respecto al cual debe juzgarse la novedad y actividad inventiva del citado modelo, tal y como exige el artículo 145 de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes

.- Ha de ser admitida la pretensión deducida toda vez que los argumentos vertidos en el escrito de recurso desvirtúan los fundamentos del acuerdo impugnado, y en este sentido se manifiestan los Servicios Técnicos de este Organismo (Departamento de Patentes e información Tecnológica, Área de Modelos y Semiconductores) que en informe de fecha 26 de noviembre de 2008 (con salida de dicho Departamento el 2 de diciembre del mismo año, n°. 276) y emitido a petición de esta Instancia revisora, llegan, en relación con el modelo de utilidad n° 200700412 "DISPOSITIVO DE ALIMENTACIÓN MEJORADO", a la siguiente conclusión: "El modelo de utilidad impugnado tiene por objeto un dispositivo de alimentación mejorado. Las características reivindicadas son esencialmente las siguientes: Comprende un mango (2) que dispone en uno de sus extremos de una porción roscada un recipiente alargado (4) para el alojamiento de alimentos hecho de material de malla con una abertura (5) en un extremo que incluye medios anulares; un anillo de cierre intermedio (6) que tiene una apertura (7), una porción interiormente roscada (8) destinada acoplarse en la porción roscada del mango, disponiendo de medios de sujeción situados en la superficie interior del anillo de cierre intermedio para sujetar mediante un acoplamiento hermético por ajuste el recipiente para el alojamiento de alimentos en dicho anillo de cierre y en el que dichos medios de sujeción comprenden una hendidura perimetral (9) interna en la que se alojan los medios anulares de dicho recipiente; y en el que dicho recipiente alargado es apto de separarse con respecto a dicho anillo de cierre intermedio. Los medios anulares del recipiente para el alojamiento de alimentos consisten en un aro

(10) de material semi-rígido.

El anillo de cierre intermedio es de material rígido. Otras características estructurales secundarias reivindicadas son : El aro (10) es de material semirígido; el anillo de cierre (6) es de material rígido o semirígido; la hendidura (9) está situada en un extremo de la superficie interior del anillo de cierre intermedio; el mango (2) tiene un tramo base de contorno circular del que sobresale la porción roscada, siendo el diámetro de tramo base mayor que el diámetro exterior de la porción roscada; la apertura (7) del anillo de cierre intermedio (6) tiene un diámetro más pequeño que el diámetro del aro (10) del recipiente (4) que aloja los alimentos ; el anillo de cierre intermedio (6) tiene en el tramo orientado de cara al mango un resalte perimetral de mayor diámetro que dicha base del mango..-Comparación con la patente USA 7001357.- Vamos a realizar la correspondiente comparación estructural. Así el modelo de utilidad impugnado tiene por objeto un dispositivo de alimentación mejorado al igual que la patente oponente. El modelo de utilidad impugnado reivindica (reiv 1) que comprende un mango (2) que dispone en uno de sus extremos de una porción roscada (3); un recipiente alargado (4) para el alojamiento de alimentos hecho de material de malla con una abertura (5) en un extremo que incluye medios anulares; un anillo de cierre intermedio (6) que tiene una apertura (7) y una porción interiormente roscada

(8) destinada acoplarse en la porción roscada del...

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