STSJ Galicia 1100/2012, 26 de Septiembre de 2012
Ponente | FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA |
ECLI | ES:TSJGAL:2012:7353 |
Número de Recurso | 7072/2012 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 1100/2012 |
Fecha de Resolución | 26 de Septiembre de 2012 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.3
A CORUÑA
SENTENCIA: 01100/2012
PONENTE: D. FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA
RECURSO: RECURSO DE APELACION 7072/2012
APELANTE: SERVICIO GALEGO DE SAUDE
APELADO : ZURICH ESPAÑA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A.; Eloy, Blanca, Joaquina, Lázaro, Valle, Urbano
EN NOMBRE DEL REY
La Sección 003 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la
SENTENCIA
ILMOS. SRS. D.
IGNACIO ARANGUREN PEREZ
JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL
FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA
En A Coruña, veintiséis de septiembre de dos mil doce.
En el RECURSO DE APELACION 7072/2012, pendiente de resolución ante esta Sala, interpuesto por SERVICIO GALEGO DE SAUDE, dirigido por LETRADO DEL SERGAS, contra Sentencia estimatoria parcial de 20-1-2012, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo num. 1 de Santiago de Compostela en el PO 869/2009, sobre reclamación responsabilidad patrimonial por daños derivados de asistencia sanitaria. Es parte apelada ZURICH ESPAÑA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A.; Eloy ; Blanca
; Joaquina ; Lázaro ; Valle ; Urbano, representados por el PROCURADOR Dª. MARIA DOLORES LUISA VILLAR PISPIEIRO y D. Geronimo y dirigidos por el LETRADO D. JAVIER MORENO ALEMAN y D. CIPRIANO CASTREJE MARTINEZ.
Es Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA
Se dictó, por el Juzgado de instancia, la resolución referenciada anteriormente, cuya parte dispositiva dice: "Que, con estimación parcial del recurso contencioso-administrativo, presentado por la procuradora Dª. Trinidad Calvo Rivas, actuando en nombre y representación de los recurrentes D. Urbano, Dª. Valle, D. Lázaro, Dª. Blanca, y Dª. Joaquina, contra la desestimación presunta de la reclamación de responsabilidad patrimonial por daños derivados de asistencia sanitaria planteada en fecha 16.6.06 (ampliado a la posterior resolución de 3.3.09), debo declarar y declaro: la no conformidad a derecho de la resolución impugnada, declarando la responsabilidad de las demandadas, y condenando a las mismas a indemnizar por todos los conceptos, incluidos intereses, y al momento de dictarse esta resolución a D. Urbano en 50.000 euros, a Dª. Valle y D. Eloy en 4.000 euros a cada uno; no haciendo expresa condena respecto de las costas causadas en este juicio".
Notificada la misma, se interpuso recurso de apelación que fue tramitado en forma, con el resultado que obra en el procedimiento, habiéndose acordado dar traslado de las actuaciones al ponente para resolver por el turno que corresponda.
Que el Sergas apela la sentencia que, estimando en parte el recurso contenciosoadministrativo interpuesto por D. Urbano, le condenó a abonar la suma de 50.000 euros, por la asistencia en el CHOU a Dª...
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