SAP Valencia 258/2012, 21 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución258/2012
Fecha21 Mayo 2012

Rollo 929/11

SENTENCIA Nº 000258/2012

SECCIÓN OCTAVA

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Iltma. Sra. Dª:

Mª FE ORTEGA MIFSUD

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En la ciudad de VALENCIA, a veintiuno de mayo de dos mil doce

Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, constituida por la Magistrada Ilma. Sra Dª. Mª FE ORTEGA MIFSUD como órgano unipersonal, los autos de Juicio Verbal, promovidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Quart de Poblet, con el nº 000806/2010, por D. Alonso representado por la Procuradora Dª. Lidón Jiménez Tirado y dirigido por el Letrado D. Miguel Angel Ramírez Peiró, contra D. Bruno representado por la Procuradora Dª. Ana Isabel Serna Nieva y dirigido por la Letrada Dª. Mª. Dolores Ruiperez Sánchez y Góndolas y Maquinarias el Cherano, S.L. representado por la Procuradora Dª. Ana Gallinas Rodríguez y dirigido por el Letrado D. Ignacio Plasencia Abasolo, pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por D. Bruno .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia, apelada pronunciada por el Sr. Juez de 1ª Instancia nº 2 de Quart de Poblet, en fecha 28 de Enero de 2011, contiene el siguiente: " FALLO: "Estimo parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Sra. Jiménez Tirado en nombre y representación de Alonso contra Bruno, representado por el Procurador Sra. Serna Nieva y GONDOLAS Y MAQUINARIAS EL CHERANO SL, representada por la Procuradora Sra. Gallinas Rodríguez y en consecuencia declaro que los demandados son en deber solidariamente al actor, y por los conceptos que se reclaman, la cantidad de 3.725,56 euros, condenándoles a estar y pasar por tal pronunciamiento y a que abonen solidariamente al actor la expresada suma, con más el interés legal previsto en el art. 576 de la LEC .

No ha lugar a la condena en costas, debiendo cada parte asumir las causadas a su instancia y las comunes por mitad."

SEGUNDO

Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por D. Bruno, que fue admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, señalándose para la resolución del recurso de Apelación el 2 de Mayo de 2012

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

D. Alonso formuló demanda de juicio verbal contra D. Bruno y contra Góndolas y Maquinarias el Cherano S.L. en reclamación de 4.967'41 euros importe a que ascienden la reparación de daños y desperfectos producidos en la vivienda del actor y con fundamento en los siguientes hechos expuestos en síntesis. El 23 de octubre de 2009 como consecuencia de las obras de derribo ejecutadas por los demandados se derribo la pared exterior del inmueble del demandante. Tras ello y sin reponer el paramento que se había demolido se levanto en la parcela colindante un muro con bloque de hormigón, acompañando informe pericial. Los demandados se opusieron a la demanda en los siguientes términos. El demandado D. Bruno alegó la inexistencia de dicha pared, y que no existía ningún tipo de responsabilidad quien se limito a encargar los trabajos de ejecución a la mercantil codemandada, por su parte Góndolas y Maquinarias el Cherano S.L. alegó la falta de legitimación pasiva pues realizó las obras de demolición atento a las instrucciones que se le dieron y además no existía pared, pues las casas en el interior están excavadas en el propio terreno y se componen de unas cuevas. El demandante había procedido a derruir con anterioridad su cueva y en lugar de construir unas paredes que mantuvieran el techo en su sitio, para aprovechar al máximo el espacio se había limitado a poner el techo apoyándolo sobre la vivienda del demandado y no hubo forma de evitar que se introdujese en la cueva del demandante. No existía pared del demandante sino que este se apoyaba en la pared del demandado, luego no hay responsabilidad. La sentencia de instancia estimó en parte la demanda y condeno a los demandados al pago de 3.725'56 euros. Frente a dicha resolución formula recurso de apelación por D. Bruno e impugna Góndolas y Maquinarias el Cherano S.L.

SEGUNDO

D. Bruno formula recurso de apelación con fundamento en error en valoración de la prueba practicada por lo que procede una revisión de las actuaciones y examinadas se comparte la apreciación que efectúa el juzgador de instancia en orden a la responsabilidad del derribo por la codemandada pero no en cambio a la responsabilidad del apelante...

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