SAP Granada 217/2008, 2 de Mayo de 2008
Jurisdicción | España |
Fecha | 02 Mayo 2008 |
Número de resolución | 217/2008 |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA
SECCION CUARTA
ROLLO Nº 212/08
JUZGADO ORGIVA 1
ORDINARIO Nº 31/06
PONENTE SR. ANTONIO MOLINA GARCÍA
SENTENCIA NÚM. 217
ILTMOS. SEÑORES:
PRESIDENTE
D. ANTONIO MOLINA GARCÍA
MAGISTRADOS
D. MOISÉS LAZÚEN ALCÓN
D. JUAN FRANCISCO RUIZ RICO RUIZ
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En la ciudad de Granada a dos de mayo de dos mil ocho. La Sección Cuarta de esta Iltma. Audiencia Provincial, ha visto, en grado de apelación los precedentes autos de juicio ordinario 31/06, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Orgiva, en virtud de demanda de D. Leopoldo, representado en esta instancia por el Procurador/a Sr/a Carrión Martín, contra D. Roque representado por el Procurador/ a Sr/a Alvarez Camacho, en esta alzada, Dª Virtudes, representada por la Procuradora Sra. Medina Sáez, Dª Emilia y D. Carlos .
Aceptando como relación los "Antecedentes de Hecho" de la sentencia apelada, y
La referida sentencia, fechada en 26 de noviembre de 2007, contiene el siguiente fallo: "Que, DESESTIMANDO TOTALMENTE la demanda interpuesta por D. Leopoldo, representado por la Procuradora doña Francisca Ramos Sánchez, contra D. Roque representado por la procuradora doña Pilar Molina Sollman, contra Dª Fermina representada por la procuradora doña Concepción Flores Domínguez, contra Dª Virtudes representada por la procuradora Dª Pilar Molina Sollman y contra D. Carlos, representado por la procuradora doña Concepción Flores Domínguez DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a los demandados de las pretensiones deducidas contra ellos, imponiendo las costas a la parte actora."
Sustanciado y seguido el presente recurso, por sus tramites ante esta Iltma. Audiencia Provincial, en virtud de apelación interpuesta por la parte demandante, por escrito y ante el Órgano que dictó la sentencia; de dicho recurso se dio traslado a demás partes, para su oposición o impugnación; tras ello se elevaron las actuaciones a este Tribunal, señalándose día para su Votación y Fallo, en que ha tenido lugar. TERCERO .- Han sido observadas las prescripciones legales de trámite.
Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. ANTONIO MOLINA GARCÍA.
La acción reivindicatoria que es la ejercitada por la parte actora, tiene su amparo legal en el art. 348 Cc y el Tribunal Supremo la define como aquella que corresponde al propietario no poseedor contra el poseedor no propietario (Sent.25-6-98) y la configura a partir de que medie una titularidad dominical, que se identifique inequívocamente la finca y que se detente por el demandado...
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