AAP Castellón 370/2008, 3 de Septiembre de 2008

PonenteICIAR CORDERO CUTILLAS
ECLIES:APCS:2008:734A
Número de Recurso242/2008
Número de Resolución370/2008
Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLÓN

SECCIÓN TERCERA

Rollo de Apelación Civil número 242 de 2008.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número Uno de Villarreal.

Procedimiento Monitorio número 428 de 2007.

A U T O NÚM. 370 de 2008

Ilmos. Sres.:

Presidente:

Don JOSÉ MANUEL MARCO COS

Magistradas:

Doña ADELA BARDÓN MARTÍNEZ

Doña ICIAR CORDERO CUTILLAS

En la Ciudad de Castellón, a tres de septiembre de dos ocho.

La SECCIÓN TERCERA de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida con los Ilmos. Sres. referenciados al margen, ha visto el presente recurso de apelación, en ambos efectos, interpuesto contra el Auto dictado el día 21 de febrero de 2008 por el Ilmo. Sr. D. Juan Manuel Simó Bernat del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número Uno de Villarreal en los autos de Juicio Monitorio seguidos en dicho Juzgado con el número 428 de 2008.

Han sido partes en el recurso, como APELANTE, la mercantil " DIRECCION000 C.B.", representada por la Procuradora Doña Inmaculada Tomás Fortanet y defendida por el Letrado Don Sergio Claramonte Baltanás, y como APELADO, Don Gabino, representado por la Procuradora Doña Rosa Isabel Andreu Nacher y defendido por el Letrado Don Manuel Martínez Torrecilla.

Es Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. ICIAR CORDERO CUTILLAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte Dispositiva del Auto apelado literalmente establece: "Se acuerda sobreseer las presentes actuaciones, con expresa condena en costas a la parte peticionaria".

SEGUNDO

Notificado dicho Auto a las partes, por la representación procesal de la mercantil " DIRECCION000 C.B.", se interpuso recurso de apelación, en tiempo y forma, en escrito razonado, solicitando se dicte Auto estimando íntegramente el presente recurso de apelación, revocando en consecuencia la resolución revocada.

Se dio traslado a la parte contraria, que presentó escrito oponiéndose al recurso, solicitando se desestime el recurso interpuesto, ratifique y confirme íntegramente el Auto con expresa condena en costas a la recurrente en esta alzada. Por Providencia de fecha 23 de mayo de 2008 se formó el presente Rollo y se designó Magistrada Ponente, y por Providencia de fecha 29 de julio de 2008 se señaló para la deliberación y votación del recurso el día 2 de septiembre de 2008. Y por Providencia de fecha 1 de septiembre de 2008, se designa Ponente a la Ilma. Sra. Magistrada Suplente D.ª ICIAR CORDERO CUTILLAS.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales de orden procesal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

NO SE ACEPTAN los expuestos en el Auto apelado.

PRIMERO

El presente procedimiento se inició mediante demanda de Procedimiento Monitorio en el que se formuló oposición el 18 de diciembre de 2007, presentando la demanda ordinaria el 19 de febrero de 2008. La parte apelante alega, en primer lugar, infracción del artículo 22 de la L.E.C ., ya que la demanda de Juicio Ordinario se presentó dentro del plazo de un mes desde el traslado de la Providencia de fecha 16 de enero de 2008, notificada el 18 del mismo mes y año. En segundo lugar, y como consecuencia de lo anterior, impugna la condena en costas.

Por tanto, sostiene la recurrente que el día inicial no ha de ser el del traslado de la copia del escrito de oposición llevado a cabo por la representación de la otra parte con arreglo a lo dispuesto en el art 276 de la L.E.C ., sino aquél...

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