SAP Alicante 57/2008, 31 de Enero de 2008

PonenteFRANCISCO JAVIER PRIETO LOZANO
ECLIES:APA:2008:1178
Número de Recurso599/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución57/2008
Fecha de Resolución31 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 6ª

Rollo de Apelación nº 599-A/2006

Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Villajoyosa

Procedimiento: Juicio Ordinario nº 712 de 2005

Cuantía del proceso: 141.863,93 (140.336 + 1.527,93 = 141.863,93)

SENTENCIA Nº 57 /2008

Ilmos. Sres. y Sra. :

  1. Francisco Javier Prieto Lozano

  2. José María Rives Seva

Dª Mª Dolores López Garre

En la Ciudad de Alicante, a treinta y uno de enero de dos mil ocho.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Alicante integrada por los Iltmos. Sres. y Sra. indicados al margen, ha visto, en grado de apelación (Rollo de Sala nº 599/2006) recurso promovido en autos de Juicio Ordinario nº 712 de 2005 en su día incoados ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Villajoyosa siendo parte apelante los demandantes D. Guillermo y Dª Susana representados en esta segunda instancia por la Procuradora Sra. Ruzafa Torregrosa y asistidos por el Letrado Sr. Martínez Navas, siendo parte apelada los demandados Dª María Esther y D. Miguel representados por el Procurador Sr. Ivorra Martínez y asistidos por el Letrado Sr. Gutiérrez García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Villajoyosa en los referidos autos, se dictó con fecha 30 de junio de 2006 sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.- Que desestimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Sr. Martínez Gómez en nombre y representación de Guillermo y Susana contra Miguel y María Esther debo declarar y declaro no haber lugar a la misma y, en consecuencia debo absolver y absuelvo a los demandados de los pedimentos efectuados en su contra, imponiendo las costas procesales a la parte actora al haberse desestimado las pretensiones de su demanda.".

SEGUNDO

Contra la indicada resolución se preparó en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de los demandantes Sr. Guillermo y Sra. Susana, recurso que fue admitido a trámite y que seguidamente su dirección letrada motivó por escrito en el que interesó la revocación de la sentencia apelada y que fuesen acogidos los pedimentos de su demanda

Del escrito de interposición del recurso se dió traslado a la parte demandada que se opuso al mismo y solicitó su desestimación.

Seguidamente se remitió la causa a esta Audiencia Provincial, Sección Sexta y a su recibo fue incoado por esta Audiencia y Sección Rollo de Apelación bajo número de registro 599/2006 y se designó Magistrado Ponente.

TERCERO

La deliberación y votación del recurso ha tenido lugar el día ventinueve de enero de 2008.

Visto, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Prieto Lozano.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A los fines de resolver el presente recurso mediante el cual la parte actora, como compradora, y reproduciendo íntegramente los pedimentos de su demanda postula en esencia, y aparte de otros pronunciamientos complementarios, la condena de los demandados al cumplimiento del contrato de compraventa plasmado en documento privado de fecha 28 de febrero de 2005 y cuyo objeto lo era una finca urbana, la registral nº NUM000 inscrita en el Registro de la Propiedad de Villajoyosa al tomo NUM001,libro NUM002, folio NUM003, y por ello " la elevación a público" de tal contrato o lo que lo mismo el otorgamiento de pertinente escritura pública con entrega de la posesión del inmueble con la reciproca percepción de la suma de 138.336 euros como resto del precio pactado que lo había sido la suma de 140.336 euros, debe de partirse como premisa necesaria de los hechos que cabe estimar plenamente acreditados por haber sido asumidos, sin controversia alguna, por los litigantes, bien en los escritos rectores del proceso o en el trámite que previene el Art. 433.3 de la Ley Procesal, bien a lo largo de su interrogatorio como partes, e igualmente los que se desprenden de las documentales aportadas con los escritos rectores del proceso y las traídas a autos en periodo probatorio ( folios 156 y 159 certificaciones expedidas por determinadas entidades bancarias, así como los que se desprenden de las manifestaciones de las testigos que depusieron en el acto del juicio bajo las exigencias dimanantes del principio de contradicción, ( especialmente dada su concreción, precisión, claridad y razón de ciencia de la Sra. Marí Jose) esto es

  1. que los demandados, en fecha 11 de febrero de 2005 otorgaron a determinada mercantil, Benidorm Oasis Park SL que en el ámbito inmobiliario giraba bajo la denominación Visual Home Grupo Inmobiliario, mandato de venta para que realizasen las gestiones oportunas para la venta a terceros de la finca urbana, antes identificada de su propiedad, pactándose que el plazo de vigencia de tal encargo de venta lo seria de 3 meses,

  2. que los actores suscribieron, libremente, con dicha intermediaria que actuaba en nombre e interés de los vendedores, los demandados, el...

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