SAP Alicante 174/2009, 31 de Marzo de 2009

JurisdicciónEspaña
Fecha31 Marzo 2009
Número de resolución174/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN TERCERA

ALICANTE

PLAZA DEL AYUNTAMIENTO Nº4

Tfno: 965935965-7

Fax: 965935980

NIG: 03014-37-1-2007-0000547

Procedimiento: Rollo Sala (procedimiento abreviado) Nº 000008/2007- -Dimana del Procedimiento Abreviado Nº 000186/2005

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE DENIA

SENTENCIA Nº 000174/2009

Ilmos/as. Sres/as.:

Presidente

Mª DOLORES OJEDA DOMÍNGUEZ

Magistrados/as

JOSE Mª MERLOS FERNÁNDEZ

FERNANDO MIRÓ LLINARES

En Alicante, a treinta y uno de marzo de dos mil nueve.

VISTA en juicio oral y público, el pasado día veinticuatro de marzo de dos mil nueve, por la Audiencia Provincial, Sección Tercera, de esta capital, integrada por los Iltmos. Sres. del margen, la causa procedente del Juzgado de Instrucción de Denia-1, seguida de oficio, por delito de ESTAFA Y APROPIACIÓN INDEBIDA, contra el acusado Manuel, con NIE- NUM000, nacido el 6/7/1956, natural de Hamburgo (Alemania) sin antecedentes penales, insolvente, en libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora Dª Mª TERESA FIGUEIRAS COSTILLA y defendido por el Letrado D. VALENTÍN QUIROGA MARTÍNEZ, como Responsable Civil Directo INTERJURA S.L. representada por la Procuradora Dª VIRGINIA SAURA ESTRUCH y defendida por el Letrado D. CARLOS MERLOS FARINOS, como Acusación Particular Serafin, representado por el Procurador D. DANIEL J. DABROWSKI PERNAS y defendido por la Letrada Dª ROSA Mª BALLESTER RODRÍGUEZ; En cuya causa fue parte acusadora el MINISTERIO FISCAL, representado por el Fiscal Iltmo. Sr. D. JORGE RABASA SOLADO; Actuando como Ponente la Iltma. Sra. Dña. Mª DOLORES OJEDA DOMÍNGUEZ, Magistrada Presidente de esta Sección Tercera, que expresa el parecer de la Sala.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Desde sus Diligencias Previas núm. 892/01 el Juzgado de Instrucción núm. 1 de Denia, instruyó su Procedimiento Abreviado núm. 186/2005, en el que fue acusado Manuel por el delito de Estafa y Apropiación Indebida, antes de que dicho procedimiento fuera elevado a esta Audiencia Provincial para continuar la correspondiente tramitación en el presente Rollo de Sala núm. 8/07 de esta Sección Tercera.

SEGUNDO

El MINISTERIO FISCAL, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito de estafa tipificado en los artículos 248 y 250,1, (especial gravedad) del Código Penal o alternativamente de apropiación indebida del artículo 252 en relación con el mencionado 250,1,6º, respondiendo el acusado en concepto de autor, del art. 28 C.Penal, sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, por lo que se solicita se le imponga al acusado la pena de 3 años de prisión, inhabilitación especial para el desempeño de cualquier actividad mercantil relacionada con el asesoramiento jurídico durante el tiempo de la condena y multa de 8 meses con una cuota diaria de 12 euros. Costas.

En cuanto a la responsabilidad civil, el acusado indemnizará al perjudicado en la cantidad de 38.765,28 euros, con responsabilidad civil subsidiaria de le empresa Interjura S.L. intereses legales del artículo 576 de la Lec .

TERCERO

La DEFENSA, en el mismo trámite, solicita la libre absolución de su defendido.

I I - HECHOS PROBADOS

Son -y así expresa y terminantemente se declaran- los siguientes:

El acusado Manuel, mayor de edad y sin antecedentes penales, en su condición de administrador de la empresa Interjura S.L., dedicada al asesoramiento jurídico, fiscal, contable y consultoría, en el año 1999 se puso en contacto con Serafin, propietario de una parcela embargada en Denia, concretamente la finca registral NUM001 del Registro de la Propiedad nº 2 de Denia, que había adquirido en virtud de contrato privado, de la mercantil Hutt Bau S.L.

El acusado solicitó a Serafin la entrega de dinero para cancelar los embargos que pesasen sobre dicha finca, a fin de elevar a escritura pública la compraventa de la finca, consiguiendo que en los meses de agosto de 1999 y febrero de 2000 le hiciese entrega en pesetas y marcos alemanes de una cantidad global equivalente a 38.765,28 euros, suma de la que se apoderó el acusado aplicando 1.854.000 pesetas a la adquisición en su propio nombre en pública subasta de la citada finca.

I I

I - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los hechos descritos, que han resultado acreditados tras la prueba documental y testifical practicadas, constituyen un delito de apropiación indebida de los art. 252 del C.P . en relación con el art. 250.1-6º del C.P .

Sobre la prueba de tales hechos, el propio acusado reconoce en el acto del juicio, único momento en el que ha declarado sobre los hechos objeto de esta causa, que "recibió un encargo de Serafin para elevar a escritura pública la compraventa de una finca que otra empresa le había vendido en contrato privado, así como para cancelar los embargos que pesaban sobre ella".

Igualmente reconoce el acusado que a tal fin, recibió de la misma persona 500.000 pesetas y posteriormente 70.000 marcos alemanes, así como que pujó por la citada finca en pública subasta, adjudicándosela personalmente, pese al poder otorgado por el querellante a favor de Dª María Consuelo, quien finalmente no participó en la subasta, argumentando el acusado que el poder conferido a aquella era "insuficiente".

Lo cierto es que el propio acusado, según consta a folio 29 de la causa, se adjudicó por la suma de

1.854.000 pesetas la finca NUM001, sin que la indicada finca haya sido posteriormente cedida al querellante ni se haya rendido cuenta de la inversión de las sumas entregadas por éste al Sr. Manuel .

Los documentos aportados con la querella son especialmente significativos en orden a reforzar la prueba de la conducta ilícita del acusado.

Así, en el documento obrante a folio 19 de las actuaciones, obra el poder conferido por el querellante a María Consuelo, que facultaba a esta., entre otras cosas, para comprar la finca objeto de autos, pese a lo cual no fue dicha testigo quien acudió a la pública subasta ni tenía conocimiento del otorgamiento de dicho poder, según manifiesta en el...

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