STSJ Castilla y León 1124/2012, 12 de Junio de 2012
Jurisdicción | España |
Fecha | 12 Junio 2012 |
Número de resolución | 1124/2012 |
T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD
VALLADOLID
SENTENCIA: 01124/2012
Sección Segunda
55820
Número de Identificación Único: 47186 33 3 2009 0102674
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001676 /2009
Sobre ADMINISTRACION TRIBUTARIA Y FINANCIERA
De D. Benigno
Representante: D.ª MARIA LUZ LOSTE VERONA
Contra TEAR, CONSEJERIA DE HACIENDA
Representante: ABOGADO DEL ESTADO, LETRADO DE LA COMUNIDAD
SENTENCIA N.º 1124
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE DE SECCIÓN:
DOÑA ANA MARÍA MARTÍNEZ OLALLA
MAGISTRADOS:
DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ
DON FELIPE FRESNEDA PLAZA
DON JOSÉ MARÍA LAGO MONTERO
En Valladolid, a doce de junio de dos mil doce.
Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso- administrativo número 1676/2009, interpuesto por la Procuradora Sra. Loste Verona, en nombre y representación de DON Benigno, contra resolución del Tribunal Económico-administrativo Regional (TEAR) de Castilla y León de 30 de septiembre de 2009. Ha sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado, y parte codemandada la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (Consejería de Hacienda), representada y asistida por Letrado de sus servicios jurídicos.
Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procesales, se confirió traslado a la parte actora para que en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito presentado, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia estimatoria del recurso anulando el acto impugnado en el presente recurso.
Formalizada la demanda, se dio traslado de la misma sucesivamente a la parte demandada y a la codemandada, para que la contestaran en el plazo de veinte días, lo que realizaron ambas, alegando cada una de ellas los hechos y fundamentos jurídicos que estimaron pertinentes y solicitando la desestimación del recurso.
No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se confirió traslado sucesivo a las partes por término de diez días para la formulación de conclusiones y, tras la presentación de los oportunos escritos, quedaron las actuaciones pendientes hasta que se declarase concluso el pleito.
Por Providencia de 15 de mayo de 2012 y en aplicación del Acuerdo de la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León número 21, de 4 abril de 2011, por el que se hizo llamamiento del Magistrado Suplente D. JOSÉ MARÍA LAGO MONTERO adscribiéndolo a esta Sala, se designó como Magistrado Ponente del presente recurso al expresado Sr. JOSÉ MARÍA LAGO MONTERO, señalando para su votación y fallo el pasado veintinueve de mayo.
Se impugna en el presente recurso resolución del T.E.A.R. de 30 de septiembre de 2009 parcialmente estimatoria de la reclamación interpuesta contra liquidación practicada por la oficina gestora del impuesto sucesorio por razón de la herencia causada por el fallecimiento de Doña Teresa el 14 de septiembre de 2000. Sostiene el recurrente, hijo de la finada, que no ha heredado nada de su madre, pues ésta adquirió todos sus bienes por la herencia de su hermano, Don Marcos, fallecido el 28 de junio de 2000, herencia que Doña Teresa no llegó a aceptar por haber fallecido muy poco después, habiendo pasado los bienes directamente del tío al sobrino. El recurrente y su hermana no presentaron en tiempo y forma la obligada declaración del impuesto sucesorio por razón de la herencia de su madre, pidiendo prórroga a estos efectos el 12 de febrero de 2001, que les fue concedida para presentar declaración hasta el 14 de septiembre de 2001, sin realizar tal...
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