SAP Zaragoza 139/2012, 5 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución139/2012
Fecha05 Junio 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00139/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3 de ZARAGOZA

- Domicilio: CALLE COSO Nº 1

Telf: 976208376-7-9

Fax: 976208383

Modelo: SE0200

N.I.G.: 50297 43 2 2012 0186579

ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000140 /2012

Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de ZARAGOZA

Procedimiento de origen: JUICIO RAPIDO 0000160 /2012

RECURRENTE: Raúl

Procurador/a: ALBERTO JAVIER BOZAL CORTÉS

Letrado/a: JESUS MARIA SANCHEZ CABEZA

RECURRIDO/A:

Procurador/a:

Letrado/a:

SENTENCIA NUM. 139/12

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. JOSÉ RUIZ RAMO

MAGISTRADOS

D. MIGUEL ÁNGEL LÓPEZ y LÓPEZ DE HIERRO

D. MAURICIO MURILLO y GARCÍA ATANCE

En Zaragoza, a cinco de junio de dos mil doce. La Ilma. Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección Tercera, compuesta por los Magistrados reseñados al margen, ha visto en segunda instancia el recurso de apelación número 140/2012 interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Número Uno de Zaragoza, en el Juicio Rápido 160/2012, seguido por un delito contra la seguridad vial.

Han sido parte:

Apelante : Raúl, representado por el Procurador Sr./a. Bozal Cortés y defendido por el Letrado Sr./

  1. Sánchez Cabeza.

Es Ponente el Ilmo. Magistrado-Presidente, D. JOSÉ RUIZ RAMO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los citados autos recayó Sentencia con fecha 9 de mayo de 2012 cuya parte dispositiva, en lo necesario para la resolución del recurso, es del tenor literal siguiente: " FALLO : Que debo condenar y condeno a Raúl como responsable en concepto de autor de un delito contra la seguridad vial por conducir tras haber sido privado del permiso, previsto y penado en el art. 384.2 del Código penal, concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia del nº 8 del art. 22 del Código Penal, a la pena de CUATRO MESES Y DIECISÉIS DÍAS DE PRISION con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena".

SEGUNDO

La Sentencia apelada contiene la siguiente relación fáctica: " HECHOS PROBADOS

: PRIMERO.- Ha resultado probado y así se declara que en sentencia dictada el 8-7-2011 por el Juzgado de Instrucción nº 5 de Hospitales de Llobregat, firme en la misma fecha, se condenó a Raúl por un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas a, entre otras penas, la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de 10 meses.

En ejecución de esta sentencia fue requerido Raúl el mismo día 8-7-2011 para el cumplimiento de esta pena, siendo apercibido de que en caso de incumplirla incurriría en delito, entregando él el carnet en ese momento. La pena se extinguía por cumplimiento el día 2 de mayo de 2012.

SEGUNDO

Por sentencia de 15 de febrero de 2012 dictada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Zaragoza se le condenó por un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y un delito de conducción tras haber sido privado del permiso de conducir, por hechos cometidos el día 13 de febrero de 2012. Se le impuso, entre otras, una pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de dos años, siendo requerido para el cumplimiento de dicha pena el mismo día 15 de febrero de 2012.

TERCERO

Sobre las 22:45 horas del día 26 de abril de 2012 Raúl, mayor de edad, con los antecedentes penales citados y, además, ejecutoriamente condenado en sentencia que fue firme el 16-1-2012 por un delito de conducción tras haber sido privado de permiso, por hechos cometidos el 15-1-2012, conducía el vehículo matrícula ....-WGR por la avenida Madrid de Zaragoza, cuando fue parado por la Policía Local, siendo perfectamente conocedor de que no había terminado de cumplir la pena de privación de permiso impuesta por el Juzgado".

TERCERO

Notificada dicha resolución a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Raúl .

Una vez admitido a trámite el recurso, se dio traslado a las demás partes personadas, remitiéndose las actuaciones a esta Audiencia Provincial de Zaragoza, donde se formó Rollo de Apelación Penal número 140/2012, pasando las actuaciones a la Sala para resolver.

HECHOS PROBADOS

Se ratifican los relatados en la sentencia apelada.

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