ATS, 4 de Mayo de 2005

PonenteFRANCISCO MONTERDE FERRER
ECLIES:TS:2005:5388A
Número de Recurso347/2003
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2005
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

AUTO

En la Villa de Madrid, a cuatro de Mayo de dos mil cinco.

En el recurso de casación que ante Nos pende con el nº 347/2003, interpuesto por la representación de

D. Braulio, D. Ángel Daniel, D. Luis Pablo, Dª Marí Jose, D. Jose Pablo, D. Sebastián, D. Pablo, D. Juan, D. Imanol, D. Franco, PROMODÍN S.A. y BANCO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA S.A., contra la Sentencia dictada el 25-7-2002 por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona en el Rollo de Sala 56/99, correspondiente al PA 3261/93 del Juzgado de Instrucción nº 3 de Barcelona, sobre delito contra la Hacienda Pública, habiendo sido parte en el presente procedimiento el Ministerio Fiscal, los recurrentes citados, y, como partes recurridas, Dª María Rosa y el Abogado del Estado, la Sala Segunda del Tribunal Supremo integrada por los Excmos. Sres. mencionados al margen, bajo la Presidencia del primero de ellos y Ponencia de D. Francisco Monterde Ferrer, han adoptado la presente resolución sobre los siguientes extremos:

HECHOS

ÚNICO.- En el recurso referenciado se señaló el día 20 de abril de 2005 para que tuviera lugar su Vista y Fallo, lo que se llevó a efecto.

RAZONAMIENTOS JURíDICOS

ÚNICO.- Atendiendo la complejidad que presenta el estudio de la causa y la redacción de la correspondiente sentencia, se hace necesario acordar una ampliación del término para dictar sentencia y, en su virtud, procede prorrogar el término ordinario de diez días establecido en el artículo 899 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por UN MES MAS a añadir a aquéllos.

Vistos, el artículo citado y los demás de pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Se prorroga el término ordinario de diez días para dictar sentencia en el presente recurso nº 347/2003 por UN MES MAS a partir del día 6 del presente mes de mayo de 2005, lo que se hará saber a las partes.

Así lo acuerdan y firman los Excmos. Sres. anotados al margen, lo que como Secretario, certifico.

D. José Antonio Martín Pallín D. Francisco Monterde Ferrer D. Luis-Román Puerta Luis

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