ATS, 17 de Enero de 2006

JurisdicciónEspaña
Fecha17 Enero 2006

AUTO

En la Villa de Madrid, a diecisiete de Enero de dos mil seis. I. HECHOS

  1. - La representación procesal de "ALCOR INGENIERIA, S.A." interpuso recurso de casación y extraordinario por infracción procesal contra la Sentencia dictada, en fecha 23 de enero de 2001, por la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria (Sección 4ª), y aclarada por Auto de fecha 16 de abril de 2001, en el rollo de apelación nº 373/2000, dimanante de los autos nº 468/1994 del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Las Palmas de Gran Canaria, al tiempo que la representación procesal de "SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRABAJOS Y OBRAS, S.A. (SATO) y "SOCIEDAD CANARIA DE TRABAJOS Y OBRAS, S.A. (SATOCAN) interpuso recurso extraordinario por infracción procesal contra la mencionada sentencia.

  2. - Por Providencia, de fecha 22 de junio de 2001, se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, habiéndose notificado la misma a los Procuradores personados de las partes los días 6, 9, 12 y 13 de julio siguientes.

  3. - Se han personado en el presente rollo, la Procuradora Dª. Ana Díaz Cañizares, en nombre y representación de "FIATC MUTUA DE SEGUROS", en concepto de parte recurrida, así como el Procurador

    D. Pedro Rodríguez Rodríguez, en nombre y representación de "SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRABAJOS Y OBRAS, S.A. (SATO) y "SOCIEDAD CANARIA DE TRABAJOS Y OBRAS, S.A. (SATOCAN), se ha personado en concepto de parte recurrente-recurrido. La Procuradora Dª. Dolores Martín Cantón, en nombre y representación de "ALCOR INGENIERIA, S.A." se personó en concepto de parte recurrente-recurrido, sin que hayan comparecido el resto de los recurridos, "CALDERERIAS MAÑANES, S.A.", D. Constantino, D. Federico, D. Ignacio, D. Lucio D. Ricardo y D. Jose Ramón .

  4. - Ha sido Ponente el Magistrado Excmo. Sr. D. Román García Varela, a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos de casación y extraordinarios por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de "ALCOR INGENIERIA, S.A.", así como por la representación procesal de "SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRABAJOS Y OBRAS, S.A. (SATO) y "SOCIEDAD CANARIA DE TRABAJOS Y OBRAS, S.A. (SATOCAN) al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición de los recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA 1.- ADMITIR los recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de "ALCOR INGENIERIA, S.A.", así como ADMITIR el recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto por la representación procesal de "SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRABAJOS Y OBRAS, S.A. (SATO) y "SOCIEDAD CANARIA DE TRABAJOS Y OBRAS, S.A. (SATOCAN), todos ellos contra la Sentencia dictada, en fecha 23 de enero de 2001, por la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria (Sección 4ª), y aclarada por Auto de fecha 16 de abril de 2001, en el rollo de apelación nº 373/2000, dimanante de los autos nº 468/1994 del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Las Palmas de Gran Canaria .

  1. - Y entréguese copia del escrito de interposición de los recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la partes recurridas personadas ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, de lo que como Secretario, certifico.

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