SAP León 246/2012, 8 de Junio de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 246/2012 |
Fecha | 08 Junio 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
LEON
SENTENCIA: 00246/2012
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
LEON
N01250
C., EL CID, 20
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
Tfno.: 987/233159 Fax: 987/232657
N.I.G. 24115 41 1 2009 0000903
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000112 /2012
Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.5 de PONFERRADA
Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000135 /2009
Apelante: REALE SEGUROS GENERALES SA
Procurador: RAFAEL MERA MUÑOZ
Abogado: ADOLFO GARCIA FANJUL
Apelado: FRUABI SL
Procurador: MARIA DEL PILAR FERNANDEZ BELLO
Abogado: BELEN DIOS GAVELA
SENTENCIA NUM. 246-12
ILMOS/A SRES/A:
D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.- Presidente
Dª Mª DEL PILAR ROBLES GARCIA.- Magistrada
D. RICARDO RODRÍGUEZ LOPEZ.- Magistrado
En León, a ocho de junio de dos mil doce.
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Segunda, de la Audiencia Provincial de León, los Autos de Procedimiento Ordinario 135/2009, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº. 5 de Ponferrada, a los que ha correspondido el Rollo Recurso de Apelación (LECN) 112/2012, en los que aparece como parte apelante REALE SEGUROS GENERALES SA, representada por el Procurador D. Rafael Mera Muñoz y asistida por el Letrado D. Adolfo García Fanjul y como parte apelada FRUABI SL, representada por la Procuradora Dña. Maria del Pilar Fernández Bello y asistida por la Letrada Dña. Belén Dios Gavela, sobre reclamación de cantidad, siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª DEL PILAR ROBLES GARCIA.
Por el Juzgado expresado al margen, se dictó sentencia en los referidos autos, con fecha 1 de septiembre de 2011, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por la entidad mercantil Reale Seguros Generales S.A., representada por la Procuradora Sra. Fra García y defendida por el Letrado Sr. García Fanjul, frente a la entidad mercantil FRUABI S.L., representada por la Procuradora Sra. Fernández Bello y defendida por la Letrado Sra. De Dios, debo absolver y absuelvo a la demandada de las pretensiones articuladas de contrario y todo ello con expresa imposición de las costas causadas en el presente procedimiento a la parte actora " .
Contra la relacionada sentencia, se interpuso por la parte demandante recurso de apelación ante el Juzgado, y dado traslado a la contra parte, por ésta se presentó escrito de oposición, remitiéndose las actuaciones a esta Sala y señalándose para la deliberación, el día 6 de Junio actual.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Frente a la sentencia de instancia que desestima la demanda se interpone recurso de apelación por la representación de REALE SEGUROS GENERALES S.A., interesando que con revocación de la misma se dicte nueva sentencia, en la que se estime íntegramente la demanda, todo ello con imposición de costas a la parte demandada.
A dicho pretensión se vino a oponer la entidad mercantil FRUABI SL, quien solicita se desestime íntegramente el recurso de apelación confirmando la sentencia de instancia en todos sus pronunciamientos, todo ello con expresa imposición de costas a los recurrentes.
Se invoca como primer motivo de la impugnación, inexistencia de extemporalidad en la interposición de la demandada por parte de la apelante.
A tenor del art. 38 apartado séptimo de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, "El dictamen de los peritos, por unanimidad o por mayoría, se notificará a las partes de...
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