STSJ Castilla y León 1038/2012, 31 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1038/2012
Fecha31 Mayo 2012

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD VALLADOLID

Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección 002

VALLADOLID CASTILLA-LEON C/ ANGUSTIAS S/N

SENTENCIA: 01038/2012

Número de Identificación Único: 47186 33 3 2008 0108221

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0003020 /2008 LP

Sobre ADMINISTRACION TRIBUTARIA Y FINANCIERA

De: D/ña. VIAS Y DESARROLLOS URBANOS, S.A.

Abogado: JOSE MARIA MENA PEREZ

Contra: TEAR CASTILLA Y LEON, CONSEJERIA DE HACIENDA

Representante: ABOGADO DEL ESTADO, LETRADO COMUNIDAD(SERVICIO PROVINCIAL)

SENTENCIA Nº 1038

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE DE SECCIÓN:

Dª ANA MARÍA MARTÍNEZ OLALLA

MAGISTRADOS:

D. JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ

D. FELIPE FRESNEDA PLAZA

En Valladolid, a treinta y uno de mayo de dos mil doce.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugnan:

Las resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León, de 30 de septiembre de 2008, que acordaron desestimar las reclamaciones números 37/461/2006, de un lado, y 37/462/2006 y 37/140/2007, de otro, presentadas por la mercantil VÍAS Y DESARROLLOS URBA NO S, S.A. contra las liquidaciones que en las mismas se indican, las giradas por el Servicio de Hacienda de la Delegación Territorial de Salamanca de la Junta de Castilla y León en concepto de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modalidad de actos jurídicos documentados, devengado por la escritura pública de declaración de obra nueva, división de casa por pisos y constitución de propiedad horizontal otorgada el 15 de julio de 2002 -se trata de la nº 537/06 de cuantía 6535,19 euros por la división horizontal y de la nº 182/05 de cuantía 7762,11 euros por la obra nueva-.

Son partes en dicho recurso: Como recurrente: La mercantil VÍAS Y DESARROLLOS URBANOS, S.A., representada por la Procuradora Sra. Mazariegos Luelmo y defendida por el Letrado Sr. Mena Pérez.

Como demandada: Administración General del Estado (Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León), representada y defendida por la Abogacía del Estado.

Como codemandada: Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (Servicio de Hacienda de la Delegación Territorial de Salamanca de la Junta de Castilla y León), representada y defendida por Letrado de sus servicios jurídicos.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y una vez recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia declarando nula la resolución impugnada y confirmándose la autoliquidación practicada.

SEGUNDO

En el escrito de contestación de la Administración demandada, con base en los hechos y fundamentos de derecho en él expresados, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se desestime el recurso y se impongan las costas a la parte actora.

TERCERO

En el escrito de contestación de la Administración codemandada, con base en los hechos y fundamentos de derecho en él expresados, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se desestime el recurso, con imposición de las costas a la parte recurrente.

CUARTO

No solicitado por las partes el recibimiento del pleito a prueba, se les dio traslado para formular conclusiones, trámite en el que todas han presentado el escrito correspondiente.

QUINTO

Una vez declarado concluso el pleito, se señaló para su votación y fallo el pasado día veintinueve de mayo.

SEXTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpuesto por la mercantil VÍAS Y DESARROLLOS URBANOS, S.A. recurso contencioso administrativo contra las resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) de Castilla y León, de 30 de septiembre de 2008, que acordaron desestimar las reclamaciones números 37/461/2006, de un lado, y 37/462/2006 y 37/140/2007, de otro, presentadas por aquélla contra las liquidaciones que en las mismas se indican, las giradas por el Servicio de Hacienda de la Delegación Territorial de Salamanca de la Junta de Castilla y León en concepto de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en su modalidad de actos jurídicos documentados, devengado por la escritura pública de declaración de obra nueva, división de casa por pisos y constitución de propiedad horizontal otorgada el 15 de julio de 2002 -se trata de la 537/06 de cuantía 6535,19 euros por la división horizontal y de la 182/05 de cuantía 7762,11 euros por la obra nueva-, pretende la sociedad recurrente que se declaren nulos los actos impugnados y se confirmen las autoliquidaciones por ella realizadas en su día, pretensión que basa en la falta de motivación suficiente de las valoraciones que están en su origen, a cuyo fin destaca que no se ha efectuado la necesaria individualización del inmueble objeto de las mismas, que no se ha procedido por el perito al examen personal de los bienes a valorar (tampoco por ejemplo al estudio de los antecedentes documentales, como pudiera ser el proyecto de ejecución del edificio en el que constan sus características específicas) y que se han aplicado una serie de coeficientes que no son fijos sin explicarse cómo se ha llegado a los finalmente asignados, todo lo cual le ha ocasionado a su juicio una auténtica indefensión.

SEGUNDO

Centrados en la motivación de los informes (folios 109 y siguientes del expediente) que elevaron...

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