SAP Asturias 272/2012, 29 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución272/2012
Fecha29 Mayo 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 7

GIJON

SENTENCIA: 00272/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 7 de GIJON

N01250

PRENDES PANDO 1-3ª PLANTA

Tfno.: 985176944-45 Fax: 985176940

N.I.G. 33024 42 1 2011 0010488

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000270 /2012

Juzgado de procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 7 de GIJON

Procedimiento de origen: JUICIO VERBAL (DESAHUCIO PRECARIO) 0001285 /2011

Apelante: Jose Manuel

Procurador: MARIA VICTORIA MEANA DE LARROZA

Abogado: CARMEN HERRERO GONZALEZ

Apelado: Hortensia, Luis Alberto

Procurador: LORETO GARCIA MATURANA,

Abogado: ANA RIVAS CASTRONUÑO,

SENTENCIA nº. 272/2012

Ilmos. Sres. Magistrados:

PRESIDENTE: ILMO. SR. DON RAFAEL MARTÍN DEL PESO GARCÍA

MAGISTRADO: ILMO. SR. DON RAMÓN IBAÑEZ DE ALDECOA LORENTE

MAGISTRADA: ILMA. SRA. DOÑA MARTA MARÍA GUTIÉRREZ GARCÌA

En Gijón, a veintinueve de Mayo de dos mil doce.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Asturias con sede en Gijón, los Autos de JUICIO VERBAL (DESAHUCIO PRECARIO) 1285/2011, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 7 de GIJON, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 270 /2012, en los que aparece como parte apelante, D. Jose Manuel, representado por la Procuradora de los tribunales, Sra. MARIA VICTORIA MEANA DE LARROZA, asistido por la Letrada Dª. CARMEN HERRERO GONZÁLEZ, y como parte apelada, Dª Hortensia, representada por la Procuradora de los tribunales, Sra. LORETO GARCIA MATURANA, asistida por la Letrada Dª. ANA RIVAS CASTRONUÑO, y D. Luis Alberto, declarado en rebeldía en primera instancia.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia núm. 7 de Gijón, dictó en los referidos autos Sentencia de fecha 3 de febrero de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por la procuradora de los Tribunales Dª Victoria Meana de Larroza, en nombre y representación de D. Jose Manuel, debo absolver y absuelvo libremente a los demandados Dª. Hortensia Y D. Luis Alberto, representados por la procuradora de los Tribunales Dª. Loreto García Maturana, de los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda, condenando a la parte actora al pago de las costas causadas en el presente procedimiento.

SEGUNDO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, por la representación de DON Jose Manuel

, se interpuso recurso de apelación y admitido a trámite se remitieron a esta Audiencia Provincial, y cumplidos los oportunos trámites, se señaló para la deliberación y votación del presente recurso el día 22 de mayo de 2012.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

Vistos siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. MARTA MARÍA GUTIÉRREZ GARCÌA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El demandante, D. Jose Manuel, interpone en el procedimiento del que dimana el presente recurso de apelación, juicio verbal de precario frente a DÑA. Hortensia y D. Luis Alberto, a fin de que se condene a los demandados a dejar libre y a disposición del actor el local que vienen ocupando en precario, con entrega de las llaves del mismo.

La sentencia desestima la demanda por entender el juzgador que no concurren los requisitos expresados para la prosperabilidad de la acción de desahucio por precario, al no ocupar los demandados el local, no concurriendo el requisito de la posesión de la finca por parte de los demandados.

Contra la misma se alza el recurso de apelación del demandante alegando que solo él es el legitimado...

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