ATS, 11 de Diciembre de 2007
Ponente | ROMAN GARCIA VARELA |
ECLI | ES:TS:2007:16014A |
Número de Recurso | 552/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 11 de Diciembre de 2007 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a once de Diciembre de dos mil siete. I. HECHOS
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- Por la representación procesal de D. Romeo, D. Carlos,, D. Jose Francisco, D. Evaristo, D. Luis Antonio y Dª. Rebeca, con fecha 1 de marzo de 2006 se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 13 de enero de 2006, por la Audiencia Provincial de Guadalajara (Sección Primera), en el rollo de apelación nº 284/2005 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 222/2004, del Juzgado de Primera Instancia Único de Siguenza.
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- Por Providencia de fecha 2 de marzo de 2006 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de apelación y al Ministerio Fiscal, con fechas 6 de marzo y 8 de marzo de 2006 respectivamente.
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- Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, el Procurador D. José Manuel Fernández Castro, en nombre y representación de D. Romeo, D. Carlos,, D. Jose Francisco, D. Evaristo,
D. Luis Antonio y Dª. Rebeca, presentó escrito ante esta Sala con fecha 7 de abril de 2006, personándose en calidad de parte recurrente. El Procurador D. Isacio Calleja García, en nombre y representación de PARTIDO POPULAR, presentó escrito ante esta Sala con fecha 19 de abril de 2006, personándose en calidad de parte recurrida. Es interviniente el Ministerio Fiscal.
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- Ha sido Ponente el Magistrado Excmo. Sr. D. Román García Varela, a los solos efectos de este trámite.
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- Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Romeo,
D. Carlos, D. Jose Francisco, D. Evaristo, D. Luis Antonio y Dª. Rebeca, al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2, 1º LEC 2000 y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.
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- De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personada ante esta Sala, para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría, y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al MINISTERIO FISCAL.
LA SALA ACUERDA
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) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de D. Romeo
, D. Carlos,, D. Jose Francisco, D. Evaristo, D. Luis Antonio y Dª. Rebeca contra la Sentencia dictada, en fecha 13 de enero de 2006, por la Audiencia Provincial de Guadalajara (Sección Primera), en el rollo de apelación nº 284/2005 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 222/2004, del Juzgado de Primera Instancia Único de Sigüenza.
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) Y entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala, para que formalicen su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría; transcurrido dicho plazo, y a los mismos fines, dese traslado al MINISTERIO FISCAL.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, de lo que como Secretario, certifico