AAP Barcelona 42/2012, 13 de Marzo de 2012
Jurisdicción | España |
Fecha | 13 Marzo 2012 |
Número de resolución | 42/2012 |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCIÓN CUARTA
Asunto: Rollo núm. 116/2012-M
Tipo de recurso/Ponente: APELACION CIVIL/AMPARO RIERA FIOL
Dimana de autos de: JUICIO MONITORIO nº. 1154/2011
Órgano de procedencia: JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 1 SABADELL (ANT.CI-1) Parte/s apelante/s: YAK 2000 S.L.
Parte/s apelada/s:
A U T O nº 42/2012
Ilmo/as. Sres/as. Magistrados/as:
D. VICENTE CONCA PÉREZ, Presidente
Dª. AMPARO RIERA FIOL, Ponente
Dª. MIREIA RÍOS ENRICH
Barcelona, a trece de marzo de dos mil doce.
Ante esta Sección se ha tramitado el rollo número 116/2012, en virtud del recurso de apelación que interpuso la parte actora YAK 2000 S.L. contra el Auto que dictó con fecha 26 de septiembre de 2011 el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Sabadell (ant.CI-1) en los autos de Juicio Monitorio nº 1154/2011, seguidos a instancia de YAK 2000, S.L. contra D. Jesús María .
Una vez admitido el recurso por el Juzgado "a quo", tras los trámites pertinentes, se elevaron los autos a esta Audiencia, correspondiendo por reparto a esta Sección.
La parte dispositiva de la resolución impugnada dice así: " PARTE DISPOSITIVA:
Se inadmite a trámite la solicitud inicial para conocer del proceso monitorio instada por D. JOAN BALDO MAÑOSA en nombre y representación de YAK 2000 S.L., frente a D. Jesús María ."
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales, habiendo tenido lugar la deliberación y votación el día 13 de marzo de 2012.
Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. AMPARO RIERA FIOL.
En el proceso monitorio nº 1154/11 seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Sabadell se dictó auto de fecha 26 de septiembre de 2011 por el que se inadmite a trámite la demanda interpuesta por la mercantil Yak 2000, S.L. Contra esa resolución la actora interpone recurso de apelación, en el que no propone prueba, si bien en un escrito aparte y no contemplado en la norma procesal parece que proponía determinada testifical.
Ahora, ya ante este tribunal presenta el mismo escrito proponiendo la prueba referida.
Presenta, asimismo, otro escrito de ampliación del recurso de apelación.
Lo primero que debemos destacar es que la prueba propuesta no tiene utilidad ninguna para el trámite en que nos encontramos, la admisión o inadmisión de la demanda de juicio monitorio. Podría tener, en su caso, utilidad en cuanto al fondo de la acción ejercitada, pero en ningún caso en relación con la admisión de la demanda.
Por ello, se rechaza dicha prueba.
En cuanto a la admisión de la demanda, ésta es idéntica a la ya resuelta en el rollo 775/11. En él decíamos: "La actora Yak, 2000 SL, interpone demanda de juicio monitorio contra D. Jesús María en reclamación de 1.701,51...
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