SAP Alicante 156/2012, 17 de Abril de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución156/2012
Fecha17 Abril 2012

A.P. de Alicante (5ª.) Rollo 24-A/12

SENTENCIA NÚM. 156

Iltmos. Sres.:

Presidente: D. José Luis Ubeda Mulero

Magistrado: Dª. Visitación Pérez Serra

Magistrado: Dª. Mª Teresa Serra Abarca

En la ciudad de Alicante, a diecisiete de abril de dos mil doce.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de juicio Ordinario seguidos en el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Benidorm, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada

D. Miguel Ángel, habiendo intervenido en la alzada dicha parte, en su condición de recurrente, representada por la Procuradora Sra. Del Hoyo Gómez y dirigida por el Letrado D. Jesús Herrero Romero, y como apelada la parte demandante D. Alonso, representada por el Procurador Sr. Miralles Morera con la dirección del Letrado D. Adolfo Valor Gil.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Benidorm en los referidos autos, tramitados con el núm. 1388/08, se dictó sentencia con fecha 5 de mayo de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Dº Alonso, representado por la Procuradora Dª BEGOÑA MIRO ORIOLA, asistido por el Letrado Dº Adolfo Valor Gil, contra Dº Miguel Ángel, representado por la Procuradora Dª Vicente María Selles Mingot, asistida por el Letrado Dº Jesús Herrero Romero, debo declarar y declaro que el demandado ha ocupado ilegalmente la zona del pasillo comunitario que aparece reflejado en el informe acompañado con el escrito de demanda, condenándolo a reponer la zona a su estado originario; con imposición de las costas derivadas de la demanda a la parte demandada."

SEGUNDO

Contra dicha resolución, se preparó recurso de apelación por la parte demandada en tiempo y forma, formalizándose en el plazo previsto. Fue admitido, dándose traslado a la parte contraria que se opuso al mismo, y previo emplazamiento a las partes se elevaron los autos a este Tribunal, donde quedó formando el Rollo núm. 24-A/12, tramitándose el recurso en forma legal y en el que se señaló para la deliberación y votación el día 16 de abril de 2012, en el que tuvo lugar al no considerarse necesaria la celebración de vista por este Tribunal.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. Visitación Pérez Serra.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como consta en el fallo de la sentencia apelada, se estimó la demanda, declarando la ilegalidad de la ocupación de pasillo común y se condenó al ahora apelante a reintegrar la zona a su estado anterior, decisión que originó el recurso de apelación de dicha parte.

La sentencia de esta Sección 5ª nº 326, de 27-09-2006, resolviendo un conflicto idéntico suscitado entre otros comuneros de la misma comunidad, argumentó lo siguiente: "En el correlativo se argumenta que, como existen otros cerramientos, no puede el demandado ser compelido a su retirada porque ello constituiría un trato desigual e incurría en abuso de derecho.

Ya ha quedado expuesta la postura comunitaria en relación a este tipo de obras, y es ese acuerdo, no impugnado el que propicia la existencia de trato desigual al atribuir a los comuneros de cada planta la decisión de permitir o no tales instalaciones, y como al demandado...

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