STSJ Comunidad de Madrid 10/2008, 15 de Enero de 2008
Ponente | FRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION |
ECLI | ES:TSJM:2008:888 |
Número de Recurso | 613/2007 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 10/2008 |
Fecha de Resolución | 15 de Enero de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1
MADRID
SENTENCIA: 00010/2008
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
APELACIÓN Nº 613/07
SENTENCIA Nº 10
Ilmos. Sres.
Presidente:
Don Alfredo Roldán Herrero
Magistrados:
Doña Clara Martínez de Careaga y García
Doña Francisca Rosas Carrión
Doña María Jesús Vegas Torres
Don José Félix Martín Corredera
En Madrid, a quince de enero de dos mil ocho.
La Sala integrada por los Sres. del margen, ha visto el presente recurso de apelación nº 613/07 interpuesto por la Procuradora Sra. Santos Martín en nombre de doña Leonor contra el sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 24 de Madrid en los autos PA 180/07 seguidos a instancia de la misma, contra la Administración General del Estado sobre denegación de permiso de trabajo.
Con fecha 19.6.07 y por el Juzgado se dictó auto en cuya parte dispositiva declaraba la inadmisibilidad del recurso formulado.
Con fecha 11-7-07 y por la Procuradora Sra. Santos Martín se interpuso recurso de apelación mediante escrito en cuyo suplico interesaba se remitiesen los autos a esta Sala y se revocase el auto apelado.
Admitido el recurso trámite y dado traslado a la parte apelada por la misma se formalizó oposición suplicando el Sr. Abogado del Estado la desestimación del recurso.
Recibidos los autos en esta Salase señaló para votación y fallo el día 10.1.2008 en que tuvo lugar.
Es Ponente la Sra. Magistrado Dª Francisca Rosas Carrión.
Doña Leonor, nacional de Bolivia, ha interpuesto el presente recurso de apelación contra la sentencia dictada en fecha de 19 de junio 2007 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 24 de Madrid, en los autos de Procedimiento Abreviado tramitados con el número 180/2006 de su registro, mediante la que se desestimó el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la resolución de la Delegación del Gobierno en Madrid de 19 de octubre de 2005, que desestimó la solicitud de autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena presentada a favor de la recurrente al amparo de la Disposición Transitoria Tercera del Real Decreto 2393/2004, el 30 de diciembre, por no figurar la ahora apelante empadronada en un municipio español, al menos, con seis meses de antelación a la entrada en vigor del citado Reglamento.
Sostienen la apelante que el empadronamiento no constituye un requisito para el otorgamiento de la autorización solicitada, sino un medio de prueba más, entre otros, de que se encontraba en España antes del 8 agosto de 2004; asimismo acusa infracción del principio de igualdad en relación con otras resoluciones administrativas sobre la misma materia, las cuales no cita ni ofrece elementos de comparación, y del principio de seguridad jurídica, al haberse introducido a mitad del plazo hábil para el procedimiento de normalización la posibilidad del empadronamiento por omisión con base en medios ordinarios de prueba. Por último, enumera los artículos 9.3, 14 y 24 de la Constitución Española, el artículo 3 del Código Civil y el artículo 80.1 de la Ley 30/92.
La Administración del Estado ha solicitado la desestimación del presente recurso de apelación.
Las pretensiones de la apelante descansan sobre motivo de impugnación y argumentos ya deducidos en la demanda, sin efectuar, en realidad, crítica efectiva y motivada de los fundamentos en que la sentencia se ha basado para rechazarlos, lo que no se compadece con la naturaleza jurídica del recurso de apelación que, como medio ordinario de impugnación de las sentencias dictadas en primera instancia por los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, tiene por objeto...
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