SAP Madrid 533/2007, 5 de Octubre de 2007

PonenteJOSE GONZALEZ OLLEROS
ECLIES:APM:2007:16975
Número de Recurso642/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución533/2007
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª

AUD. PROVINCIAL SECCION N. 13

MADRID

SENTENCIA: 00533/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 13

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 3971921 Fax: 3971998

N.I.G. 28000 1 7023381 /2006

Rollo: RECURSO DE APELACION 642 /2006

Proc. Origen: JUICIO VERBAL 450 /2002

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de COLLADO VILLALBA

De:

Procurador:

Contra:

Procurador:

Ponente: ILMO. SR. D.JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO

Ilmo. Sr. D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS

Ilmo. Sr. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO

SENTENCIA

En Madrid, a cinco de octubre de dos mil siete. La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid,

compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal sobre Reparaciones en Vivienda, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de los de Collado-Villalba, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelado Dña. Flora, y de otra, como demandados-apelantes Don Luis Carlos, Dña. Maite y Dña. Lina, y demandado-apelado Comunidad de Propietarios de Travesía de DIRECCION000, número NUM000 de Collado-Villalba (Madrid).

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 2, de los de Collado-Villalba, en fecha nueve de noviembre de dos mil cinco, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que ESTIMANDO íntegramente la demanda interpuesta por Doña Flora, representada por la Procuradora de los Tribunales Doña MARIA BEGOÑA PUEBLA GIL, frente a Don Luis Carlos, Doña Maite, y Doña Lina, ( esta última declarada incapaz y representada por la anterior), representados por la Procuradora de los Tribunales Doña NURIA SANCHEZ SAMANIEGO, debo condenar y condeno a los demandados, a que, de manera conjunta y solidaria, ejecuten a su costa, todas las obras necesarias en su instalación de fontanería, para solventar, de una vez y definitivamente, el problema de fugas y humedades, que han producido daños el piso de la actora, sito el número NUM000, 1º D, de la Travesía de DIRECCION000 de Collado-Villalba, (Madrid), y que tienen su origen en la instalación de fontanería del piso de los demandados, 2º D, del número NUM000 de la Travesía de Cervantes de Collado-Villalba, (Madrid), y además, a que reparen a su costa todos los daños ya producidos en el piso de la actora, a causa de las deficiencias de la instalación de fontanería ya mencionadas, existentes en el piso de los demandados, apercibiéndoles de que si no lo verificaran en el plazo de UN MES, ambas reparaciones serán realizadas, por un tercero, a su costa, condenándoles, además, al pago de todas las costas procesales causadas en este Procedimiento".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección en fecha dieciocho de octubre de 2006, para resolver el recurso.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día tres de octubre de dos mil siete.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación de los apelantes D. Luis Carlos, Dª Maite y Dª Lina, demandados en primera instancia, se interpone recurso contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Juez de Sustituta de 1ª instancia nº 2 de Collado Villalba con fecha 9 de noviembre de 2.005, estimatoria de la demanda de reparación de daños e indemnización de daños y perjuicios interpuesta por la actora y hoy apelada Dª. Flora contra los precitados demandados y la Comunidad de Propietarios de la calle Travesia de DIRECCION000 nº NUM000 de Collado Villalba, denunciando como motivos de apelación, en primer termino, vulneración de los artículos 218 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 24 de la Constitución Española por ausencia o insuficiencia de motivación, en segundo falta de requerimiento y por ultimo error en la valoración de la prueba documental.

SEGUNDO

En la demanda iniciadora del procedimiento, resumidamente, la actora hoy apelada, exponía que como propietaria del piso 1º D) de la Travesía de DIRECCION000 nº NUM000 de la localidad de Collado Villalba, desde hacía ya tiempo y como consecuencia del mal estado del desagüe del fregadero del piso superior, propiedad de los demandados, venia padeciendo humedades a pesar de los numeroso requerimientos de reparación hechos a los demandados, y aportaba con la demanda informe parcial que así lo acreditaba y valoraba el importe de los daños causados e el piso de la actora en 1.340 euros.

Los codemandados hermanos Luis Carlos Maite Lina se opusieron alegando que no habían sido nunca requeridos para la reparación de los daños y que no estaba localizado el origen de los mismos. La Comunidad de propietarios demandada por su parte se opuso alegando que del informe pericial aportado por la actora se desprendía claramente que le origen de los daños residía en el mal estado de los desagües del fregadero del piso superior de los demandados y no en las bajantes comunitarias.

El Juzgador de instancia estimó parcialmente la demanda reduciendo el importe de la indemnización solicitada a 33.645 euros, valor de tasación fijado por el perito de la actora.

TERCERO

En la primera de las alegaciones de su recurso los apelantes denuncian infracción del artículo 218 de la Ley de Enjuiciamiento Civil por cuanto, según exponen, el Juzgador de instancia no motiva...

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